Prórroga de un contrato de alquiler de un local
ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
Abogado de Bilbao especializado en Responsabilidad Civil
Existen normas que regulan la prórroga, siendo frecuente el pacto en el contrato al que alude el compañero de Ortega y Gaset, también pueden realizar un nuevo acuerdo entre el arrendador y el arrendatario. Si se mantene el contrato y el arrendador se ha dado de alta en su momento, no es necesario nueva alta en hacienda. Espero haber sido útil, un cordial saludo.
Abogado arrendamientos Madrid - Cristina Amor Barrado
Abogado de Leganés especializado en Derecho de Familia
Buenas tardes, normalmente en el contrato se suele poner una clausula en la que se expone que en caso de no avisar el arrendador o arrendatario al otro se entiende que se continúa por el mismo tiempo.
Para cualquier información puede ponerse en contacto con nuestro despacho. Reciba un saludo cordial.
ESTUDIO JURÍDICO GONZALEZ COLOMA
Abogado de Madrid especializado en Derecho de Sucesiones y Donaciones
Buenas tardes,
De su pregunta no entiendo si tiene usted ya firmado el contrato de arrendamiento del local y llega la fecha de vencimiento del mismo o que lo va a firmar.
En cualquier caso la comunicación de prorroga o no se comunica al propietario no a Hacienda.
Quedo a su disposición.