Prorroga tras vencimiento del contrato

Buenas tardes.
¿Si finalizado los tres años de contrato de alquiler de vivienda y un año más de prorroga legal ambas partes manifiestan su deseo de continuar el alquiler, es obligatorio firmar un nuevo contrato o basta con firmar un documento de prorroga anual cada año hasta que se desee finalizar la relación?
Gracias

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Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
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Si sólo se desea ampliar la duración del contrato y no se pactó ninguna cláusula que dijera que el contrato se prorroga automáticamente si no se dice nada dentro de un determinado plazo, es suficiente con firmar un documento sencillo de una sola cara en el que las partes manifiestan su voluntad de prorrogar la duración un año más, el cual debe ser firmado antes del vencimiento del contrato, salvo que se formalice con posterioridad diciendo que tiene su fundamento en un acuerdo alcanzado durante la vigencia del contrato, lo cual siempre es más peligroso para el arrendatario y menos recomendable. Si desean que les hagamos dicho documento al precio reducido que se les diría, contacten con nosotros.

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Abogado tráfico Madrid - GJ Defensa Legal

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Abogado de Madrid especializado en Derecho Civil

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En principio no es necesario firmar nada, pero una vez transcurra ese nuevo año de prórroga legal, entra en juego la llamada tacita reconducción, por un nuevo plazo de un año, y así pueden seguir hasta que una de las partes comunique a la otra su intención de no seguir.
A usted este sistema le beneficia el algunas cosas y le puede perjudicar en otras.

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PEDRALBES ABOGADOS

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Abogado de Barcelona especializado en Fusiones y Adquisiciones

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Buenas tardes,
Si el contrato pone que se renovará tacitamente, no será necesario hacer nada. Si quiere seguir en la vivienda, es conveniente que pida firmar un nuevo contrato para que así pueda estar tranquilo de que no le pueden desahuciar.
Quedamos a su disposición,
PEDRALBES ABOGADOS

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CAPN ABOGADOS

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Abogado de Barcelona especializado en Derecho Inmobiliario

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Una vez finalizados los tres años más el de prórroga el contrato ya se ha extinguido por lo que habría que hacer un nuevo contrato con la posibilidad de que haya un aumento de la renta.
Saludos
Cristina Accarino
CAPN Abogados

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Abogado Urbanistico Barcelona Frederic Lloveras

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No hace falta. Basta con acordar la prórroga por el tiempo que las partes esten de acuerdo.

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Advocat Gestor Patrimoni Terrassa MAURI ASSESSORS
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