Prueba de paternidad
ABOGADO BANCARIO CIUDAD REAL Antonio J. Almarza
Abogado de Valdepeñas especializado en Arbitraje
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No es pedirle una prueba. Es demandarle su paternidad. Y el sera citado a la prueba biológica con usted y su hija. Y si no va, se le adjudicará la paternidad. Diga lo que quiera. Y eso supone la obligación que tiene de pasar una pensión. Otra cosa es que usted exija esa pensión o no. Resumiendo: no hay forma de obligarle a hacer la prueba. Pero si se niega le adjudican la paternidad. Y luego puede usted o no demandar alimentos.
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Si ya la ha reconocido como suya, consta la filiación, la prueba referida por un procedimiento sería incoherente.
En caso de que no la haya reconocido, puedes instar un procedimiento de determinación de la filiación, las pruebas de ADN son las más utilizadas.
Lo que debes tener en cuenta es que, al igual que tú podrías pedirle una pensión de alimentos y establecer un régimen de visitas, quizá sea él quien lo quiera pedir.
Un saludo.