¿La pensión alimenticia incluye gastos escolares?
La respuesta es afirmativa: Lo dice el Tribunal Supremo, en una Sentencia de
15 de Octubre de 2014, de ésta manera:
"Los gastos causados al comienzo del curso escolar de cada año son gastos ordinarios en cuanto son gastos necesarios para la educación de los hijos, incluidos, por lo tanto, en el concepto legal de alimentos. Sin esos gastos los hijos no comenzarían cada año su educación e instrucción en los colegios. Y porque se producen cada año son, como los demás gastos propios de los alimentos, periódicos (lo periódico no es solo lo mensual) y, por lo tanto, previsibles en el sí y aproximadamente en el cuánto".
Si está conforme con la respuesta le ruego la valore positivamente, y no deje de seguirnos en las redes sociales. HDH ABOGADOS.
Un afectuoso saludo,
David-Juan López Ortega.
Socio
Abogado recobro impagados Valencia Torreño Lerma Abogados
Abogado de Valencia especializado en Derecho Civil
Suscribo, íntegramente, lo que le comenta el compañero: la respuesta es afirmativa.