¿puede mi marido ser tutor de su madre?
ABOGADOS INDEMNIZACIONES POR TU ACCIDENTE
Abogado de Madrid especializado en Derecho de la Circulación
Buenos días.
Una vez que se inicia el proceso de incapacidad es el juez quien decide quien va a ser el tutor en función de lo que considere mejor para la persona a la que va a incapacitar. El juez siempre suele preferir a los parientes más cercanos y de entre ellos a los mejores condiciones pueden ofrecerle a la persona mayor. Convertirse en tutor más que ventajas o inconvenientes conlleva una serie de responsabilidades, por analogía podríamos entender que ser tutor es asumir las mismas obliciones y potestades que tienen los padres con sus hijos menores de edad. Obstentarán la obligación de procurarle alimentos, cuidados, y bienestar, así como de administrar sus bienes y sus relaciones económicas.
La ley establece un orden de preferencia que puede alterarse en beneficio del incapacitado (Cónyuge que conviva con el tutelado,padres,descendientes, ascendientes o hermano...)
Perfectamente su marido podrá ser tutor. Respecto a los contras: tener que hacer un inventario de los bienes, administrar sus bienes, rendir cuentas anualmente, velar por esa persona...y en general cualquier otra medida de protección sobre la persona y bienes de su suegra. Por otra parte el tutor tiene derecho a una retribución, siempre que su patrimonio lo permita. Para esto es necesario promover un procedimiento de incapacitación donde se solicite el nombramiento de un tutor.
Saludos
Hola buenos días,
Si su suegra no tiene capacidad para regir su persona o bienes, puede ser incapacitada.
Como regla general se nombrará tutor al familiar más cercano que tenga capacidad legal para cuidarla y gestionar sus bienes. Perfectamente podría ser tutor su marido.
Respecto a los pros y contras generalmente el tutor debe rendir cuentas una vez al año y debe solicitar autorización judicial para realizar determinados actos (venta de inmuebles).
Si desea un asesoramiento más detallado, estoy a su entera disposición.
miguelguillenlloveria@telefonica.net
Saludos cordiales.
Buenas tardes. Sí, su esposo puede ser tutor de su madre ya que así lo establece la Ley, pero lo ha de designar el Juez. Las funciones que ha de desempeñar el tutor son: velas por la persona tutelada, darle alimentos, rendir cuentas anualmente... El tutor puede ser retribuido cuando el patrimonio del tutelado lo requiera. Reciba un cordial saludo.