¿puede mi marido ser tutor de su madre?

Mi suegra tiene una minusvalia psiquica del 81%(demencia senil) y es mi marido quien la cuida. . La dejan con la cuenta a cero (estan autorizados)y no puede pagar los gastos de la casa que habita.. Era usufructuaria de dos apartamentos que han vendido con la firma de ella , y antes de que la embarguen la casa queremos poner solución. El interes de los hermanos es que vaya a una residencia cosa que ella no desea .¿Podría ser tutor de ella mi marido?Queria saber los pros y los contras. .Muchas gracias

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Buenos días.
Una vez que se inicia el proceso de incapacidad es el juez quien decide quien va a ser el tutor en función de lo que considere mejor para la persona a la que va a incapacitar. El juez siempre suele preferir a los parientes más cercanos y de entre ellos a los mejores condiciones pueden ofrecerle a la persona mayor. Convertirse en tutor más que ventajas o inconvenientes conlleva una serie de responsabilidades, por analogía podríamos entender que ser tutor es asumir las mismas obliciones y potestades que tienen los padres con sus hijos menores de edad. Obstentarán la obligación de procurarle alimentos, cuidados, y bienestar, así como de administrar sus bienes y sus relaciones económicas.

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La ley establece un orden de preferencia que puede alterarse en beneficio del incapacitado (Cónyuge que conviva con el tutelado,padres,descendientes, ascendientes o hermano...)
Perfectamente su marido podrá ser tutor. Respecto a los contras: tener que hacer un inventario de los bienes, administrar sus bienes, rendir cuentas anualmente, velar por esa persona...y en general cualquier otra medida de protección sobre la persona y bienes de su suegra. Por otra parte el tutor tiene derecho a una retribución, siempre que su patrimonio lo permita. Para esto es necesario promover un procedimiento de incapacitación donde se solicite el nombramiento de un tutor.
Saludos

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Miguel Guillén LLovería

Miguel Guillén LLovería

Abogado de Zaragoza especializado en Derecho de Familia

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Hola buenos días,

Si su suegra no tiene capacidad para regir su persona o bienes, puede ser incapacitada.

Como regla general se nombrará tutor al familiar más cercano que tenga capacidad legal para cuidarla y gestionar sus bienes. Perfectamente podría ser tutor su marido.

Respecto a los pros y contras generalmente el tutor debe rendir cuentas una vez al año y debe solicitar autorización judicial para realizar determinados actos (venta de inmuebles).

Si desea un asesoramiento más detallado, estoy a su entera disposición.
miguelguillenlloveria@telefonica.net

Saludos cordiales.

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Silvia López Quivira

Silvia López Quivira

Abogado de Madrid especializado en Procesal Laboral

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Buenas tardes. Sí, su esposo puede ser tutor de su madre ya que así lo establece la Ley, pero lo ha de designar el Juez. Las funciones que ha de desempeñar el tutor son: velas por la persona tutelada, darle alimentos, rendir cuentas anualmente... El tutor puede ser retribuido cuando el patrimonio del tutelado lo requiera. Reciba un cordial saludo.

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