¿Puede la pareja de mi ex dormir en la vivienda que tenemos en común?

Al divorciarnos, mi ex se quedó con el uso de la vivienda (tenemos 3 hijos en común) abonando cada uno el 50% de la hipoteca. Ahora estamos pendientes de una modificación de medidas puesto que he solicitado la custodia compartida.
Mis hijos me dicen que el amigo de mama duerme en casa muchas veces e incluso a veces me los entrega él, y no la madre de los menores como le correspondería. ¿Puedo hacer algo para que esa persona no duerma en lo que a día de hoy sigue siendo mi hogar si yo pago el 50% de la hipoteca? ¿Puedo hacer que me pague un alquiler o algo así?

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Abogado accidentes Bilbao Tamara Diez

Abogado accidentes Bilbao Tamara Diez

Abogado de Bilbao especializado en Derecho Civil General

Contestado

El derecho de uso de la vivienda es un derecho que se establece en beneficio de los hijos menores, no del progenitor que conviva con ellos. (artículo 96 del código Civil)

La mera convivencia del progenitor custodio con un tercero en la vivienda no justifica, según la jurisprudencia mayoritaria, una modificación de las medidas acordadas en el proceso de divorcio.

No existe ninguna norma que autorice a solicitar que esa tercera persona pague un alquiler, más cuando la hipoteca es al 50%.

Lo que puede intentar es, si su ex cónyuge y nueva pareja tienen capacidad económica, pactar una compensación económica. Esto, como le comento, es un acuerdo al que pueden llegar o no, pero en principio, no exigible judicialmente.

Le aconsejo acuda a un mediador, que puede ayudarle a gestionar este conflicto.
Si quiere más información, no dude en contactarme.

Un saludo

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor