Puede poner a mi hija conmigo en la seguridad social y quitarla del padre sin haber sentencia?

El se fue, no la mantiene, no tiene relación con ella. No quiere saber nada de mi hija.

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Para el trámite administrativo del cambio de su hija (beneficiaria) de un asegurado a otro se requiere presentar la solicitud ante la S. Social, además el asegurado (padre) donde se encuentre su hija debe dar su consentimiento mediante su firma, pues en caso contrario se debe aportar prueba suficiente de convivencia y dependencia económica de su hija respecto al padre (p.ej. Sentencia ).
Se trata de un trámite administrativo, que no impide a su hija seguir con la cobertura de la Seguridad Social. Recomiendo solicitar en caso de separación medidas cautelares para pensión de alimentos y otros en su caso. Si requiere más ayuda al trámite, debe solicitar una cita.
Un cordial saludo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Galán de Mora Abogados Alicante

Galán de Mora Abogados Alicante

Abogado de Alicante/Alacant especializado en Derecho Civil

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No entendemos la relevancia de la pregunta puesto que el hecho de que se pueda o no, es una mera cuestión administrativa que no tiene repercusiones de gran calado. En cualquier caso, lo que debería hacer, si reconoció a la hija, es reclamar la correspondiente pensión de alimentos y unas medidas para evitar males mayores en un futuro.

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