¿Pueden los abuelos reclamar visitas?
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Si los Abuelos solicitan visitar a la niña, el juez se lo va a conceder. Por eso, siempre que las visitas no excedan mucho de lo normal, es bueno que sigas dejando que la vean y evitar un posible juicio. Que alguien os caiga mal o no os guste mucho su manera de educación no significa que no tenga derechos, siempre y cuando esa persona no sea drogadicto, maltratador, etc..que entonces no se le concedería tales visitas. Podrían concederles 2 días en semana durante 2 horas de visita, y la recogería y la llevarían luego a vuestro domicilio e incluso si lo pidieran, podrían concederles algún fin de semana para que durmiera con ellos, siempre dependiendo del juzgado, pues cada uno tiene su criterio y su fiscal de menores. Recordad que siempre es mejor llevarse bien con alguien que tiene derechos sobre algo o alguien que os pertenece. Son sus abuelos, te guste o no. Un saludo...
Abogado recobro de impagados en Alcobendas - Maria Carmelita Garcia Diaz
Abogado de Alcobendas especializado en Derecho Civil General
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Mejor respuesta según autor
Los abuelos tienen derecho de visitas a sus nietos, si lo piden por el juzgado, cuestion distinta es que exista alguna razón, que creo que la hay, segun comentan Vds, para que no se les otorgue, no obstante puede ponerse en contacto con este despacho y le ampliaremos y aclararemos todas sus dudas
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Buenas tardes, En relación a su consulta comentarle que la fijación del derecho a un régimen de visitas de los abuelos en relación a sus nietos está previsto legalmente y puede ejercitarse por los mismos mediante la oportuna demanda. Sólo puede denegarse dicho régimen de visitas cuando exista justa causa que se deberá valorar caso por caso. En su caso, para el supuesto de que los abuelos de su hija planteasen demanda judicial para fijar un régimen de visitas, usted podría alegar esa mala relación de usted y su marido con los abuelos y sería el Juez en última instancia quien decidirá si esas malas relaciones constituyen justa causa para denegar el referido régimen de visitas. Un saludo
Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho Urbanístico
Los abuelos pueden reclamar visitas, al amparo del articulo 160 del Código Civil, que entre otras cosas, sienta que "no podrán impedirse sin justa causa las relaciones personales del hijo con sus abuelos y otros parientes y allegados. En caso de oposición, el juez, a petición del menor, abuelos, parientes o allegados, resoleverá atendidas las circunstancias..."
Abogado de familia Irún - Sara Guzón Lera
Abogado de Irun especializado en Derecho de Familia
No me queda muy claro cual es vuestra pregunta pero para más información podéis consultar en este
Os adelanto que los abuelos pueden solicitar un régimen de visitas pero otra cosa es que sea conveniente que los menores estén con ellos para otra consulta llámenos un saludo