¿Pueden cambiar mis condiciones laborales?
Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
Abogado de Logroño especializado en Derecho Administrativo
El cambio de horario supone una modificación sustancial de las condiciones laborales que tiene que estar motivado por probadas razones económicas, técnicas, organizativas o de producción. Dicho cambio
debe ser notificado por el empresario al trabajador afectado y a sus representantes legales con una antelación mínima de 15 días a la fecha de su efectividad y facilitando información suficiente que permita el ejercicio del derecho de defensa que tiene el trabajador. Si es legal el cambio y le perjudica puede rescindir el contrato con derecho a una indemnización de 20 días de salario por año trabajado hasta un máximo de 9 meses y con prorrateo por meses de períodos inferiores al año. Ahora bien, si considera que no es legal el cambio, algo que parece no sucede en su caso dada la situación del negocio que describe, podrá impugnarlo y reclamar una indemnización similar a la del despido improcedente.
Estimado Cliente:
En principio la empresa no puede cambiar el horario sin los motivos que establece el Estatutos de los Trabajadores, y en este caso, como es un condicional sustancia de las condiciones de trabajo, necesitaría de su autorización.
En el caso concreto que Usted nos señala lo mejor sería que nosotros contactáramos con la empresa con el fin de forzar su despido, y así quedar Usted liberada de esta empresa que estas abusando de Usted.
Nuestro bufete tienes más de 30 años de experiencia en la negociación de este tipo de asuntos y cubrimos todo el territorio nacional.
En caso de necesitar más información adicional, puede ponerse en contacto con nosotros.
Quedando a su disposición para asesorarle en lo que necesite, reciba un cordial saludo.
Atentamente
Abogado arrendamientos Madrid - Cristina Amor Barrado
Abogado de Leganés especializado en Derecho de Familia
Buenas tardes, la empresa debe comunicarle del cambio de horario en un plazo estipulado, en ese caso habría ademas que ver su contrato, pero el cambio de horario es un cambio sustancia por lo tanto debe probarlo usted, pero todo ello lo que le llevaría sería al despido si usted no acepta el cambio. En ese caso lo mejor es negociar con la empresa para poder llegar a un entendimiento con la empresa. Si le parece oportuno, y con el fin de ofrecerle un mejor asesoramiento, podemos concertar una cita en mi despacho donde le explicaremos las distintas formas de proceder. Un saludo.
ABOGADOS PENALISTAS MADRID - ALONSO ROMÁN Y ASOCIADOS
Abogado de Madrid especializado en Derecho Penal Común
Le tienen que comunicar el cambio de horario por escrito.
Si no está conforme se puede presentar una demanda de "concreción" horaria en la que el Juez establecerá horario teniendo en cuenta las necesidades familiares y horarios de sus hijos.
También si la modificación del horario es muy importante se podría intentar resolver el contrato por modificación sustancial.
Quedamos a su disposición en el despacho.
Puede pedir cita y traer la documentación.
Un aludo.
Más en www.denunciaatuempresa.com