¿Pueden echarme? Tengo un menor
ABOGADO BANCARIO CIUDAD REAL Antonio J. Almarza
Abogado de Valdepeñas especializado en Arbitraje
Buenas tardes. La tolerancia del dueño para permitirles ocupar sin contraprestación alguna una vivienda de su propiedad se llama precario. Ignoro el contenido de esa sentencia que al parecer les amparó frente al banco. Pero en cualquier caso, entre otras características, ese derecho tiene un límite temporal y lo mismo que el arriendo no puede ser indefinido. Por tanto así hay que interpretar el nuevo requerimiento del banco. Echarles por sí solo sin intervención del juez no puede. Pero si no buscan transformar ese derecho en un arrendamiento de manera que el banco se quede vinculado con ustedes es muy probable que esta vez les toque dejar la vivienda. Sin conocer más detalles poco más puedo decir.
Abogado accidentes Sevilla Silvia De Talavera Gawronska
Abogado de Sevilla especializado en Derecho Civil
Buenas tardes. Sería necesario más información para poder darle una respuesta adecuada. De todas formas como le han comentado se trata de una ocupación precaria, que es una posesión simplemente tolerada por la condescendencia o el beneplácito del propietario, situación que no es indefinida.Se ha de regularizar la situación, podría iniciar una negociación con la Entidad.
De todas maneras es necesario tener mas detalles.
Un saludo
Ley de segunda oportunidad Zaragoza JUAN MANUEL PALACIO MARCO
Abogado de Zaragoza especializado en Responsabilidad Civil
Buenas tardes. La propiedad puede interesar la entrega de piso y vd oponerse y eventualmente salvar la.situacion,pero no durara mucho tiempo.pueden suceder muchas situaciones que derivarían en su desahucio y lanzamiento. Para evitar dicho extremo debe regularizar con la propiedad su situacion. No puede uede pretender el uso y disfrute de un bien ajeno sin contraprestacion restacion alguna. Atentamente