¿Pueden hacerse contratos temporales encadenados?
Buenas tardes, como usted bien dice, estaría en una concatenación de contratos temporales que podría hacer que legalmente se determinara (vía Inspección de Trabajo o vía Judicial) en un contrato indefinido a todos los efectos. Es decir, que si la empresa le comunica que "no renueva el contrato" o que "ha finalizado el contrato temporal" realmente estaríamos ante un despido improcedente, con la consiguiente indemnización de 45/33 días por año trabajado.
En cuanto al contrato en prácticas es correcto, puesto que debe tener una duración mínima de 6 meses y máxima de 2 años y se puede renovar mediante prórrogas de contrato de duración no inferior a 6 meses.
En cuanto al contrato por acumulación de tareas ("por circunstancias de la producción"), éste tiene una duración máxima de 6 meses en un período de 12 meses (salvo que el convenio colectivo permita una duración máxima de 12 meses), lo que nos lleva a concluir que si, en su supuesto, el Convenio Colectivo Aplicable lo permitiera, el contrato por acumulación de tareas sería correcto y, una vez, finalizado ese plazo de 12 meses, la empresa deberá hacerle indefinido o preparar su liquidación de saldo y finiquito. Ahora bien, si el Convenio Colectivo Aplicable en su supuesto no permitiese que la duración máxima de los contratos por acumulación de tareas fuera de hasta 12 meses, eso implicaría que ya estaría en consideración (legalmente) de trabajador indefinido y, aunque la empresa le comunicara que "ha finalizado el contrato temporal", podría reclamar la indemnización del despido improcedente.
Esperamos haberle sido de utilidad. Si contacta con nosotros a través de nuestra web y nos indica el Convenio Colectivo de aplicación le podremos ayudar con más detalle.
Buenas tardes. Reproducimos la respuesta de nuestro compañero. No obstante, es de añadir una segunda alternativa. Se trata de una posible vía penal, basada en un posible delito previsto en el artículo 311 de nuestro Código Penal, el cual comprende el delito contra los derechos de los trabajadores.
Para mas informacion, le atenderemos gustosamente en nuestro despacho.