¿Tengo derecho a finiquito si hay sustitución por la ETT?

Hola. Desde septiembre del año pasado la ETT me hizo un contrato de sustitución por una persona de empresa. A esta persona le han dado la larga enfermedad y a mi me echaron. Cuando cobré la nómina, no tenía mi finiquito y llamé a la ETT y me dijo que las personas que estamos de sustitución con la nueva reforma laboral, no nos pertenece el finiquito. Mi pregunta es ¿en una situación de contrato como la mencionada, tengo derecho a percibir finiquito por fin de contrato? Muchas gracias.

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Abogado de Barcelona especializado en Responsabilidad Civil

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Buenos días, en teoría, si es de sustitución, el contrato solo se extingue por reincorporación de la persona sustituida. En su caso, si la persona sustituida no se va a reincorporar más, en teoría usted debería asumir esa vacante. Por tanto, en su caso podríamos estar ante un despido improcedente, con la indemnización correspondiente. En todo caso para darle la respuesta más ajustada a la realidad, se deberían examinar los documentos, el contrato, carta de despido, etc.
Recuerde que se dispone solo de 20 días para presentar la demanda que corresponda. Saludos.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado de Granollers especializado en Procesal Civil

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Para responder a su pregunta con rigor, necesitariamos ver su contrato y toda la información relacionada. Sin eso cualquier respuesta podría ser confusa. Si lo desea estamos a su disposición.

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Abogado de Calella especializado en Derecho del Trabajo

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Lo normal es que usted haya percibido dichos conceptos en la nómina ordinaria de forma prorrateada. Para un mejor consejo es necesario poder examinar la documentación del asunto.

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Si está trabajando por ETT todos los conceptos se cobran de forma prorrateada. Por eso no ha finiquito.

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