¿Pueden obligarme a realizar un trabajo atrasado generado porque me he ido de vacaciones?

Buenas, soy administrativo y trabajo para una empresa privado en un centro adjudicado por concurso público y mi problema surge cuando me voy de vacaciones porque nunca me sustituyen.
Esta situación genera que el trabajo de todo un mes se quede atrasado y mi jefe me dice nada más llegar de vacaciones que hay que ponerse al día.
Se consigue a marchas forzadas durante el año en curso pero a base de estar día sí día no repitiendo lo mismo, "¿cuánto atraso tenemos? Hay que ponerse al día, esto no puede ser..."
Le he ofrecido varias soluciones pero no quiere razonar nada.
Me tiene bastante agobiado y me genera mucho estrés porque tengo que estar currando a tope para poner al día el trabajo de mi mes de vacaciones que al final es como si no me fuera de vacaciones y encima lo tengo todo el día encima preguntando.
En el pliego de condiciones expone que obligatoriamente la empresa debe sustituir a todo el personal por baja, vacaciones...
Al resto de compañeros con otros puestos de trabajo si se les sustituye.
Yo nunca me he negado a realizar el trabajo, pero si he dejado claro que primero realizaré mi trabajo diario y si me sobra tiempo me pondré con lo atrasado, tampoco quieren esa opción.
¿Qué puedo hacer al respecto? ¿Denunciar acoso? ¿Quedarme en mi sitio y seguir con mi iniciativa de realizar el trabajo diario y luego el atrasado?

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Marta Aljaman

Mediador de Àger

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Buenas tardes,
Tiene varias opciones como el demandar a la empresa por ese acoso que está sufriendo, o bien presentar una denuncia ante la Inspección de Trabajo por el incumplimiento que realiza la empresa de las condiciones pactadas.
Además, también se puede poner en conocimiento de la Administración concedente la situación de vulneración del pliego que realiza la empresa adjudicataria.
Si desea más información, pongase en contacto con este despacho
Un saludo

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Abogado Laboral y Seguridad Social Tarragona - CORPORLEX
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Realmente tiene que realizar el trabajo que pueda durante su jornada de trabajo. El hecho que no le hayan puesto un sustituto y se haya acumulado su trabajo, no permite al empresario que le obligue a realizarlo posteriormente y con la misma jornada. Ya que la realidad es que precisamente se ha acumulado por quedar su puesto carente de vacante.

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Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
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Le sugiero que, por su seguridad jurídica, se ponga en manos de un abogado laboralista, y cualquier actuación tanto ante la Inspección de Trabajo, como contra la empresa se la dirija el citado abogado, para no resultar perjudicado, en caso alguno.

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