Puedo denunciar por calumnias e injurias
Buenas tardes-
La conducta de su ex mujer está descrita en el derecho como un delito. El artículo 205 del Código Penal define como calumnia la imputación de un delito hecha con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad.
Si usted puede probar que la manifestación de su ex mujer es falsa podrá querellarse contra ella y pedirle una indemnización, además de conseguir que le condenen a soportar determinada pena.
La querella por injurias es un proceso penal muy particular y complejo. Le invitamos a que contacte con nosotros por cualquier medio y le asesoraremos telefónicamente de manera gratuita.
Un saludo.
ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
Abogado de Bilbao especializado en Responsabilidad Civil
Dentro del procedimiento si el juez hubiera visto indicio de delito, seguramente deduciría testimonio de particulares para remitirlo al juzgado de guardia o fiscalía, si no lo hizo, seguramente sería porque no lo consideró así, pues tampoco define las "calumnias" a que se refiere, si están recogidas en el acta o grabación dispondrá de un elemento de prueba de las mismas. Saludos.
CASTRO & DEL POZO - ABOGADOS
Abogado de Alcalá de Henares especializado en Derecho Penal Común
Puede recurir la sentencia