¿puedo denunciarlos por estafa?

Alquilé un piso y los inquilinos no cambiaron el titular de la luz, cambiaron solo el pagador, poniendo el pagador a su nombre y su cuenta.
Se fueron el 31 de diciembre, y en enero descubrí que la compañía eléctrica me pide 3.500 euros del gasto de luz de atrasos y del último recibo que no pagaron durante el periodo de alquiler.
Por lo que cuando les llegó el recibo dejaron el piso. Me avisan del corte de luz por falta de pago. Tengo que denunciarlos por el pago de la energía consumida durante el periodo de alquiler. Tengo el contrato de alquiler y el recibo firmado de la fecha de entrega de las llaves cuando dejaron el piso.
Tendré que denunciarlos para que me paguen la deuda contraída.
¿Puedo denunciarlos también por estafa?
Al cortarme la luz por falta de pago, ¿puedo pedirles como daños y perjuicios el dinero de la renta del tiempo en que no puedo alquilar el piso por carecer de luz por falta de pago?

Respuestas de otros profesionales:
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Son tres iniciativas distintas: la reclamación de las cantidades adeudadas por consumo de energía, que aparentemente parece procedente porque se cuenta con los documentos que la justifican; y la reclamación por daños derivados del lucro cesante y la denuncia penal por engaño (estafa). Estas dos últimas no cabe descartarlas a priori, pero tienen un resultado incierto porque dependen de la prueba que se consiga para apoyarlas. La reclamación por daños exige probar que se pierde la posibilidad cierta de arrendar, y la estafa exige intención de engañar, que se puede deducir de los importes consumidos y de la antigüedad de los impagos.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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ABOGADO IMPAGADOS ASTURIAS ANB ABOGADOS
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Buenos días:
Desde luego, usted puede reclamar la deuda contraída. En cuanto a la estafa, se puede estudiar, a priori no está claro. Y en cuanto a los daños y perjuicios, no es descartable, pero se debe probar que usted no ha alquilado el piso por esa causa, es decir, por el impago y la falta de luz.
Si lo desea, puede concertar una cita con nosotros en el correo electrónico anb.abogados@gmail.com o por teléfono, tenemos despacho en Oviedo y en Tineo; y tramitaremos la reclamación de cantidad, y estudiaremos las otras posibilidades planteadas.
Un saludo,
Ana Nikolaeva
ANB ABOGADOS
anb.abogados@gmail.com

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ABOGADO DIVORCIO OVIEDO GONZALEZ LAVIADA ABOGADOS
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Sin duda puede usted reclamar las cantidades adeudadas el tema de la estafa es mas dudoso , habria que mirar bien la documentación y estudiar las circunstancias . Podria solicitarse daños y perjuicios por el periodo en que no pudo alquilar el piso . Estaremos encantados de ayudarla , si lo desea, somos especialista en temas de arrendamiento. Puede conocerlos mirando la pagina web www.laviadaabogados,com .
un saludo

Ana I. Laviada

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AC ABOGADOS

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Abogado de Palencia especializado en Derecho Penal Común

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Solo cabe reclamacion de cantidades, con los documentos que dice que tiene seria facil ganar la reclamacion de cantidad, nuestro despacho estaria encantado de ayudarle, podemos estudiar su caso y plantearle un presupuesto lo mas ajustado posible.

www.abogadosac.es info@abogadosac.es (desde la pagina web puede llamarnos gratis)
Tenemos varias guias juridicas sobre la materia que le pueden ayudar.

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LEGALVIA ABOGADOS

LEGALVIA ABOGADOS

Abogado de Oviedo especializado en Seguros

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Estimado Sr

puede vd demandarlos por esa falta de pago. No denunciarlos. Es decir, los hechos cometidos no son un delito. Puede reclamar los importes pendientes y los daños y perjuicios causados.

si desea más información o una consulta sin compromiso
www.legalvia.es
consultas@legalvia.es

Fdo. David Labrador

Director LEGALVIA ABOGADOS

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