¿Qué puedo hacer ante este caso de apropiación?

En mi edificio ( 6 puertas y 2 bajos) el vecino de arriba (y presidente) se construyó un duplex, tanto en su piso como en el de enfrente que posteriormente vendió, usando la cámara de aire entre su piso y el tejado e incluso abriendo ventana en el. El resto de vecinos callan porque dicen que a fin de cuentas no pueden usar ese espacio tiene 2 lineas de luz diferenciadas y al ponerlo en alquiler se pudo ver que se había construido un duplex , antes no era posible demostrarlo. El ayuntamiento tiene constancia de esto y dice no poder hacer nada por el tiempo transcurrido. Los dos pisos últimos están igual porque los dos fueron suyos.

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Abogado Arrendamientos Bilbao José Luis Rodríguez López Abogado
Contestado

Sobre ese tipo de casos, hay jurisprudencia que señala que el plazo de prescripción para reclamar por obras realizadas en elementos comunes es de 30 años, pero por norma general se suele considerar que es una acción personal y, por lo tanto, que el plazo de prescripción es de 15 años. Tiene Vd. que tener en cuenta esto para poder iniciar acciones legales en vía judicial, incluso aunque la Comunidad, como dice, se mantenga al margen.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado