¿Qué puedo hacer si mi hija de 10 años no quiere ir con su padre?
Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
Abogado de Logroño especializado en Derecho Administrativo
-
1 voto útil
En relación con lo que pregunta le precisamos lo siguiente: 1) Los padres tienen que cumplir la sentencia que en su día fue dictada y, entre otras medidas, el régimen de visitas impuesto; 2) En caso de incumplimiento de dicho régimen porque la niña, como dice, no quiera ir con su padre le puede afectar a usted si el padre ejercita acciones y pide la ejecución de la sentencia en los términos en que fue dictada, si bien también tendrá ocasión en dicho procedimiento civil de manifestar la razón del incumplimiento; otra cosa es que prospere su postura; 3) Por eso antes de nada tiene que ponderar adecuadamente el beneficio e interés de la menor de relacionarse con su padre y la situación concreta que relata para en su caso valorar si tiene alguna posibilidad de que tenga éxito una modificación de medidas, algo poco probable en un principio si las circunstancias no han cambiado sustancialmente; 4) La otra alternativa sería esperar a que la niña sea algo más mayor y pueda manifestar, con más contundencia, su voluntad, si bien dicha voluntad no es tampoco vinculante para nadie; 5) Dada la naturaleza de la cuestión que plantea, le aconsejamos que se ponga en contacto con un abogado, por lo que si desea contratar nuestro asesoramiento, previo presupuesto siempre, puede ponerse en contacto con nosotros por teléfono o por email
-
1 voto útil
Estimada señora.
El asunto que usted me propone mediante su correo electrónico es muy común entre padres y madres divorciadas, ya que suelen utilizar a los niños pequeños para desequilibrar la relaciones emocionales de los padres ya separados.
En este caso, por mi larga experiencia en esta materia, lo más razonable sería presentar una demanda de modificación de medidas paternofiliares.
En este caso, por mi larga experiencia en esta materia, lo más razonable sería presentar una demanda de modificación de medidas paternofilial proceso que garantizaría el derecho sobre su hija y evitaría que el padre pudiera llevarse a la niña para hablar mal contra Usted.
Lo importante sería que se pusiera en contacto con nosotros.
Esperando su respuesta reciba un cordial saludo.
Atentamente
-
1 voto útil
Buenos días,
ante la situación que plantea debe saber que deben cumplirse las medidas establecidas por sentencia, ambos progenitores están obligados en cuanto les afecte, a que dichas medidas se cumplan. Ahora bien, cuando se produce un cambio importante de las circunstancias, lo que parece ser el caso, cabe plantear una modificación de medidas y para ello es necesaria la intervención de abogado y procurador.
Si desea ampliar la información puede contactar con nuestro despacho, donde estaremos a su disposición para aclararle las dudas que plantea y las opciones de las que dispone.
-
1 voto útil
Buenas tardes,
Ante una situación como la que describe, entiendo que lo que se acordó en sentencia ya no sirve y por tanto hay que solicitar al juez una modificación porque han cambiado las circunstancias, aportando un informe psicológico en que conste lo que me expone y otros documentos que puedan acreditar todo ello. Estoy a su disposición para aclarar todas las dudas que tenga.
Advocat Gestor Patrimoni Terrassa MAURI ASSESSORS
Abogado de Terrassa especializado en Derecho Urbanístico
-
1 voto útil
Buenos dias,
En este caso debería plantearse una demanda de modificación de medidas en que se expusieran todos estos hechos para intentar modificar el convenio que se incorporaba en la sentencia de divorcio que se dictó en su dia
Saludos
Abogado Urbanistico Barcelona Frederic Lloveras
Abogado de Barcelona especializado en Derecho Urbanístico
-
1 voto útil
Debe plantear una revisión de medidas. Es como un nuevo juicio en el que se pueden modificar las medidas acordadas.