¿Qué puedo hacer si no me respetan el derecho de visita?

Buenos días. Hace 3 años me divorcié de mi pareja y tenemos una hija en común de 6 años, tenemos un régimen de visitas por el cual yo debo ver a mi hija los fines de semana alternos y la mitad de las vacaciones.

Mi pareja no lo cumple nunca, la he denunciado varias veces, la última vez, el 05/09/15, y este fin de semana pasado no me ha dejado ver a mi hija y cuando he ido a denunciarla (otra vez) en los juzgados me dicen que desde el 1 de Julio no admiten las denuncias de este tipo.

¿Qué puedo hacer? Llevo 3 meses sin poder ver a mi hija.

Con todo esto, ¿puedo pedir la custodia de mi hija o la custodia compartida?

Respuestas de otros profesionales:
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ABOGADO DIVORCIO TORRENT - GRAU & DIAGO ABOGADAS, C.B.
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Buenos días, efectivamente desde la reforma del código penal, ciertas conductas se han despenalizado, de ahí que en principio no le quisieran coger la denuncia.
De cualquier modo, ahora en la Comunidad Valenciana el régimen de custodia principal es el de compartida y no el monoparental que venía imponiéndose hasta hace poco, de modo que en el caso que Ud. nos cuenta tiene dos opciones:
1.- Solicitar una ejecución civil por incumplimiento del régimen de visitas, para obligar a su ex mujer a que le deje visitar a sus hijas
2.- Solicitar una modificación de medidas definitivas, en el que se solicitaría la modificación del régimen de guarda y custodia actual, pasando a ser una custodia compartida.
La elección del procedimiento a seguir, depende de Ud. y lo que realmente quiera conseguir.

Entiendo que para aclararle cualquier tipo de duda sobre los mismos, lo mas indicado sería concertar una visita en el despacho y habar tranquilamente de ambas opciones.

Un saludo,

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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ABOGADO SEPARACION VALENCIA VERONICA GARCÍA TORRES
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Buenos días,

Efectivamente si usted está en Valencia puede solicitar in cambio de régimen de custodia ya que el principal en Valencia es la custodia compartida.

Habría que valorar el caso, pero lo cierto es que salvo que existan circunstancias que la contradigan el juez la debe conceder.

Respecto al cambio de la Ley es cierto, pero usted puede iniciar procedimientos de ejecución de sentencia, hasta el punto de pedir que la entrega de los menores se haga en un punto de encuentro para que se constate que los entrega.

El incumplimiento tras las ejecuciones es una prueba fundamental para pedir el cambio de custodia.

No lo deje pasar, porque ante la imposibilidad de poner denuncias puede parecer que hay dejadez por su parte.

Quedamos a su disposición en Valencia si quiere concertar visita.

Saludos.

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ABOGADO INDEMNIZACION VALENCIA CASES DE DRET ABOGADOS
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Buenas tardes.
Efectivamente, ha habido un cambio legislativo, y lo que antes se calificaba como falta, ha pasado a regularse en vía civil. De hecho, la denuncia que le han admitido va a ser archivada por el juzgado en breve.
Debería pedir una ejecución de sentencia, o pedir un procedimiento urgente para regular de nuevo las visitas, de forma que se salvaguarde el derecho de la niña a relacionarse con su padre.
Puede contactar con este despacho para tratar el asunto personalmente, estamos en la misma ciudad de Torrent, en el Edificio Montecarlo.
Un saludo

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Abogado Gandía - Daniel Furió Moncho

Abogado Gandía - Daniel Furió Moncho

Abogado de Gandia especializado en Derecho Concursal

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Buenos días,

Desde la entrada en vigor de la reforma del Código Penal el día 01/07/2015 han sido eliminadas las faltas , algunas de ellas pasan a ser delitos leves , otras pasan a ser sanciones administrativas y otras deben tramitarse por la vía civil, como será su caso. Usted puede acudir a la vía civil para pedir cambios o modificaciones en el régimen que hasta ahora tienen establecido . Si necesita más información póngase en contacto con este despacho.
Atentamente

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Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
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Le sugiero que ponga el asunto en manos del abogado que le llevo el divorcio para que, en su caso, inste al juzgado el cumplimiento del convenio regulador, que en su día fue aprobado por el juez, ya que a nivel de la jurisdicción penal, recientemente se ha modificado el código penal, y esa es la razón por la que no le admitieron la denuncia en el juzgado.

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En cuanto al incumplimiento reiterado del régimen de visitas, debe solicitar al juzgado la ejecución de las medidas reguladoras, ello mediante abogado. Sobre la solicitud de la custodia, si que puede solicitar la misma, para ello debe solicitar una modificación de medidas. Para precisar más sobre el asunto y su situación concreta, debe ponerse en contacto con este despacho. Un saludo

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HDH ABOGADOS VALENCIA

HDH ABOGADOS VALENCIA

Abogado de Valencia especializado en Derecho Civil General

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Buenos días,

Efectivamente, Ud. debería acudir a la vía civil para modificar el régimen de condiciones o exigir su cumplimiento.

Un saludo.

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