¿Puedo iniciar una demanda por daños y perjuicios?

¿Puedo reclamar daños y perjuicios por la lesión sufrida a causa de la caída de un tiesto de un balcón?

Respuestas de otros profesionales:
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ABOGADO RECLAMACIONES DE CANTIDAD BARCELONA - GC ABOGADOS
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Sin lugar a duda, puede iniciar una demanda por daños personales causados por la caída del tiesto pero es fundamental conocer o tener idea del piso desde el que se desprendió o al menos el edificio para ver si se puede demandar a la comunidad por irregularidades en la fachada. Así mismo y como bien dicen los compañeros, es esencial testigos que acrediten lo sucedido y parte médico de urgencias del Hospital del mismo día del accidente. Espero haberle ayudado, si tiene alguna duda, puede contactar conmigo, sin compromiso.

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Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
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Puede reclamar si lo hace antes de que pase un año desde la caída del tiesto o desde la total recuperación de las lesiones; si se le pasa ese plazo no podrá hacer nada. También puede denunciar en el Ayuntamiento la situación de peligro existente a fin de que se requiere al propietario para que adopte las medidas que procedan.

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ARANZAZU ABOGADOS

ARANZAZU ABOGADOS

Abogado de Salamanca especializado en Derecho Mercantil

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Si usted puede demostrar el hecho de que cayera el tiesto desde una determinada vivienda, y que no tuviera ninguna medida de seguridad para evitar dicha caída del tiesto, sin lugar a dudas puede reclamar, porque para eso están los seguros de responsabilidad civil de las viviendas.

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Abogados Barcelona Tomás Dóriga

Abogados Barcelona Tomás Dóriga

Abogado de Barcelona especializado en Derecho de Familia

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Buenas tardes

Por supuesto que puede, es un claro supuesto de responsabilidad extracontractual, aunque hay que demostrar (testigos, etc.) lo qué sucedió y acreditar con un informe del CAP o centro al que acudió las lesiones producidas.

Un cordial saludo

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ABOGADO DIVORCIO MARTORELL Sergi Corral Barón
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Buenas tardes,
Por supuesto que puedes. Es conveniente tener parte de lesiones y testigos, a falta de parte policial en el caso de que te asistieran en el momento. Saludos cordiales

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Advocat Gestor Patrimoni Terrassa MAURI ASSESSORS
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Buenas tardes,

Si puede demostrar el daño causado y las circunstancias del suceso, sí puede

Saludos

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Abogado Compra Venta de Empresas Barcelona Javier Santos Giralt
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Hola , sí que puede , pero debe demostrar lo sucedido y las lesiones ocasionadas .

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