¿Puedo iniciar una demanda por daños y perjuicios?
ABOGADO RECLAMACIONES DE CANTIDAD BARCELONA - GC ABOGADOS
Abogado de Barcelona especializado en Reclamaciones de Impagados
Sin lugar a duda, puede iniciar una demanda por daños personales causados por la caída del tiesto pero es fundamental conocer o tener idea del piso desde el que se desprendió o al menos el edificio para ver si se puede demandar a la comunidad por irregularidades en la fachada. Así mismo y como bien dicen los compañeros, es esencial testigos que acrediten lo sucedido y parte médico de urgencias del Hospital del mismo día del accidente. Espero haberle ayudado, si tiene alguna duda, puede contactar conmigo, sin compromiso.
Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
Abogado de Logroño especializado en Derecho Administrativo
Puede reclamar si lo hace antes de que pase un año desde la caída del tiesto o desde la total recuperación de las lesiones; si se le pasa ese plazo no podrá hacer nada. También puede denunciar en el Ayuntamiento la situación de peligro existente a fin de que se requiere al propietario para que adopte las medidas que procedan.
Si usted puede demostrar el hecho de que cayera el tiesto desde una determinada vivienda, y que no tuviera ninguna medida de seguridad para evitar dicha caída del tiesto, sin lugar a dudas puede reclamar, porque para eso están los seguros de responsabilidad civil de las viviendas.
Buenas tardes
Por supuesto que puede, es un claro supuesto de responsabilidad extracontractual, aunque hay que demostrar (testigos, etc.) lo qué sucedió y acreditar con un informe del CAP o centro al que acudió las lesiones producidas.
Un cordial saludo
ABOGADO DIVORCIO MARTORELL Sergi Corral Barón
Abogado de Martorell especializado en Derecho de Familia
Buenas tardes,
Por supuesto que puedes. Es conveniente tener parte de lesiones y testigos, a falta de parte policial en el caso de que te asistieran en el momento. Saludos cordiales
Advocat Gestor Patrimoni Terrassa MAURI ASSESSORS
Abogado de Terrassa especializado en Derecho Urbanístico
Buenas tardes,
Si puede demostrar el daño causado y las circunstancias del suceso, sí puede
Saludos
Abogado Compra Venta de Empresas Barcelona Javier Santos Giralt
Abogado de Barcelona especializado en Derecho Civil General
Hola , sí que puede , pero debe demostrar lo sucedido y las lesiones ocasionadas .