¿Puedo modificar la pensión de alimentos tras el divorcio?

¿Se puede modificar la pensión de alimentos tras un divorcio? Con lo que ingresa a mi hija no llega, ya que yo tengo a mi hija 25 días al mes. Los días que tiene que venir no la visita, él sabrá sus motivos. Quisiera saber el tema de comunidad, ya que la vivienda es suya y en la sentencia no pone que lo tengo que pagar yo, aunque llevo 3 años pagando la comunidad de propietarios pero me han comentado que la tiene que pagar el propietario de dicha vivienda. Gracias. Un saludo.

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado Viveiro Minia N. Insua

Abogado Viveiro Minia N. Insua

Abogado de Viveiro

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Buenos días.
Puede solicitar una modificación de medidas para cambiar el importe de la pensión de alimentos, siempre que las condiciones hayan cambiado.
En relación con los gastos de la comunidad de propietarios lo lógico es que los pague la persona que habita en la vivienda, si bien al no constar nada en la sentencia de divorcio podría ser revisable.
Un cordial saludo.

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Despacho Jurídico Concepción Núñez

Despacho Jurídico Concepción Núñez

Abogado de Madrid especializado en Derecho Penal Común

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Buenas tardes, las medidas acordadas se pueden modificar si hay un cambio de circunstancias desde que se acordaron. En cuanto al pago de la comunidad, en principio la paga quien usa la vivienda, independientemente de la propiedad, pero todo es revisable. Quedo a su disposición, un saludo.

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Lopez Sanchez Abogados

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Abogado de Betanzos especializado en Derecho Civil

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Buenas tardes.
Las medidas acordadas en un convenio regulador pueden modificarse siempre que haya un cambio de circunstancias desde que se acordaron.
La comunidad debe pagarla quien usa la vivienda, independientemente del propietario de la misma, a no ser que se indique en el convenio.

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Leocadio Pajares

Abogado de Madrid especializado en Violencia de género

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Si se puede. Contacte con un abogado de su zona experto en Derecho de Familia.

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