¿Pueden reclamarme la pensión alimenticia si no hay matrimonio entre los padres?
JUAN PÉREZ ARANDA
Abogado de Fuengirola especializado en Derecho de Familia
Nunca se debe de pagar las pensiones en mano, ya se hayan decretado judicialmente, o bien se hayan pactado entre las partes de forma extrajudicial. La dificultad de la prueba del pago de pensiones crece enormemente en caso de tener que ir a juicio, haciendo el resultado del mismo muy incierto.
Dicho esto, le informo que la exigencia de alimentos no tiene carácter retroactivo, es decir, no se puede condenar al pago de cantidad alguna sino desde la fecha de interposición de la demanda de solicitud de alimentos para los hijos menores de edad. Por tanto, en caso de que su ex-pareja le demande para el pago de pensión de alimentos, no podría reclamarle a usted todo lo que ya ha pagado, porque eso constituiría un enriquecimiento injusto.
Otro asunto diferente es el tema del derecho de visitas, desde luego no se ha llevado correctamente, y ahora con 14 años será difícil reconducir esa situación para que pernocte con usted y pase la mitad de las vacaciones. Pero obviamente, se puede pedir judicialmente la adopción de medidas tendentes al establecimiento de un derecho de visitas reglado.
Si desea que le llevemos su asunto, no dude en ponerse en contacto con nuestro estudio jurídico.
Saludos cordiales.
Abogado accidentes Marbella Cárdenas Abogados
Abogado de Marbella especializado en Derecho Civil General
Si su ex-pareja decidiese iniciar un procedimiento judicial para reclamar el establecimiento de una pensión alimenticia, sólo podría condenársele al pago de esta pensión desde la interposición de la demanda, sin que pueda tener efectos retroactivos.
Si fuese usted el que decidiese iniciar un procedimiento, podría solicitar que se acordara judicialmente esa pensión, atendiendo a sus circunstancias económicas. Podría, además, solicitar un régimen de visitas para que su hijo se relacionara de forma más habitual con usted.
Buenas tardes.
La reclamación de la pensión de alimentos sólo puede ser exigida desde el momento de la presentación de la demanda en un Juzgado y como mucho podría reclamarle desde los últimos 5 años, pero al menos desde hace dos años queda demostrado que le ha estado pagando. Deberían regularlo todo con un convenio en el que quede fijada la cantidad, vacaciones, fines de semana.
Abogado Herencias Malaga Antonio Pardo Skoug
Abogado de Málaga especializado en Derecho de Familia
No podría, solo la reclamación de pensión alimenticia del menor se puede exigir desde el momento de la presentación de la demanda en un Juzgado. Por eso es conveniente para las madres el resolver estos asuntos en el Juzgado, aunque sea por las buenas, es decir con un acuerdo, pero en el Juzgado.
ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
Abogado de Bilbao especializado en Responsabilidad Civil
Si no están establecidas, sólo son exigibles desde su reclamación judicial, sin efectos a períodos anteriores, salvo que se encuentren fijadas con anterioridad, en cuyo caso sería por un período máximo de cinco años. Saludos cordiales.
Buenos días.
Al no existir un convenio que regule la situación ni estar éste aprobado mediante sentencia, no podrá reclamárselo. Si bien, su ex-pareja podrá pedir la redacción de un convenio regulador y su aprobación judicial.
Un saludo.
Abogado Antequera - David Granados Espinar
Abogado de Antequera especializado en Derecho de Familia
No podría reclamar puesto que no se ha establecido mediante sentencia.