¿Qué puedo reclamar a mi padre?

Abogado Divorcio Ferrol Luis Insua Meirás
Abogado de Ferrol especializado en Derecho de Familia
En relación a una futura herencia, como mínimo le corresponderá la legítima, que conforme al Derecho Civil de Galicia es de la cuarta parte de la herencia, a repartir entre todos los herederos. Si no hay testamento, le correspondería la herencia completa, igualmente a repartir entre todos los herederos, con el usufructo de la cuarta parte a su viuda si su padre estaba casado en el momento del fallecimiento. Respecto de la pensión alimenticia es necesario saber en qué términos se fijó la misma, suponiendo que haya una resolución judicial. Quedo a su disposición para cualquier aclaración

Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
Abogado de Logroño especializado en Derecho Administrativo
Hay que saber qué dice la sentencia o convenio que fijó la pensión para poderle decir qué puede hacer, ya que todavía es posible que pueda reclamar el pago de las pensiones que no hayan prescrito. Por otro lado, al ser una hija reconocida está llamada a la herencia de su padre en un principio, si bien el alcance de lo que le pueda corresponder en su día en dicha herencia depende de que cuántos herederos haya y de lo que haya podido disponer su padre en un testamento.

Abogado divorcio La Coruña - Jose Ramón Baña Caamaño
Abogado de Coruña especializado en Derecho Civil
Muy Sra. mía:
Para darle respuesta a la primera parte de su consulta necesitaría ver la documentación, por la que Vd. cobró los alimentos.
Para la segunda parte, decirle que Vd., es una legitimaria más en la futura herencia.
Quedo a su disposición por si desea concertar una cita, a fin de resolver la dudas o iniciar acciones de cualquier índole.
Att.;