¿Puedo recurrir con éxito una multa no notificada?
ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
Abogado de Bilbao especializado en Responsabilidad Civil
Un mero aviso del cartero no es suficiente, se tiene que producir la notificación, o su intento, al menor dos veces en diferentes horarios: "Si nadie pudiera hacerse cargo de la notificación, se hará constar esta circunstancia en el expediente, junto con el día y la hora en que se intentó la notificación, intento que se repetirá por una sola vez y en una hora distinta dentro de los tres días siguientes", en otro caso es precisa su notificación , pues así lo dispone el Art. 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Espero haber sido útil, saludos cordiales.
ABOGADO URBANISMO CORUÑA CARREIRA ABOGADOS
Abogado de Coruña especializado en Derecho Inmobiliario
Buenos días:
Tiene que pedir usted una copia completa del expediente para comprobar si, efectivamente, consta que le notificaron el requerimiento para identificar al conductor del vehículo. Si no lo hicieron, o lo hicieron de un modo incorrecto, por ejemplo porque el cartero no lo haya intentado, al menos dos veces, en distintas horas, con una diferencia de, al menos 60 minutos, desde que se intentó la primera notificación, puede recurrir usted, alegando nulidad del procedimiento.
Esperamos haberle sido de ayuda.