¿Puedo recurrir a una multa de exceso de velocidad en la que aparecen dos vehículos en la foto?
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Buenos días.
Si es la primera notificación que recibe, tiene quince días desde la notificación para alegaciones. Si ya le han impuesto la multa, tiene un mes para recurrir.
Podría alegarse error en la identificación del vehículo, es decir que el vehículo que haya hecho saltar el radar sea el otro.
De todos modos, también le indico que este tipo de multas son dificiles de que las revoquen, a no ser un caso muy claro de error.
Si desea que le redactemos las alegaciones o el recurso, estamos a su disposición.
Saludos
ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
Abogado de Bilbao especializado en Responsabilidad Civil
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Siempre será su decisión pagar con descuento o impugnar la multa; en fase de alegaciones, solicite que se acredite de forma que no ofrezca duda tanto el correcto funcionamiento del cinemómetro utilizado, como que la medición efectuada se refiere a su vehículo y no al otro que aparece en la foto, especialmente si el suyo va por el carril derecho en ese momento y/o es el otro, el que aparece mas adelantado.
Espero haber sido útil, suerte y saludos cordiales.