Hasta que punto me pueden sancionar
Buenas tardes.
Su conducta puede ser reprochada por parte de los responsables de su empresa (empresario, jefe, responsable etc) de varios modos: mediante un simple apercibimiento a cada uno de los trabajadores implicados, que en principio no tendría ninguna consecuencia jurídica importante, o bien mediante un expediente disciplinario. Para que tenga lugar el expediente su empresa debe contar con algún documento anexo al convenio colectivo en el que se especifiquen sucintamente cada una de las infracciones que puede cometer un trabajador y cual es su sanción. Posteriormente tendrá lugar un procedimiento en el que se le dará audiencia y terminará con una resolución que le será comunicada. En todo momento ustedes podrán ser asistidos por el delegado sindical si su empresa cuanta con alguno.
Si tiene alguna duda al respecto no dude en contactar con nosotros.
Un saludo.
Abogado Arrendamientos Bilbao José Luis Rodríguez López Abogado
Abogado de Bilbao especializado en Derecho Civil General
Depende de si en el sector o en la empresa para la que trabaja viene regulado en Convenio este tema, pero, de forma general, le puedo decir que las faltas leves suelen tener por sanción amonestaciones y suspensiones de empleo y sueldo de hasta 2 días. Las faltas graves se sancionan con suspensiones de empleo y sueldo de hasta 20 días. Y las faltas muy graves se sancionan con inhabilitaciones para el ascenso y suspensión de empleo y sueldo que pueden alcanzar hasta los 6 meses de duración, traslados a otro centro de trabajo y, en los casos más graves, despido. Le tienen que notificar por escrito la sanción que le impongan en función de la gravedad de la misma y Vd. podrá recurrirla si la estima injusta.