Q hacer si el socio mayoritario quiere hacer un aumento d capital / reducir mis participaciones?

Soy el administrador único de un S.L. en la cual soy el socio minoritario. Por problemas personales la relación entre ambos no es la mejor y ya por mas de una vez me dijo que me puede quitar de en medio sin ninguna tipo de problema si hace un aumento de capital. Que pasos se tienen que dar para ese aumento? Como se puede bloquear ese aumento si yo no estoy de acuerdo, o que hacer si quiero dejar la empresa y recuperar mi parte del capital? Un familiar del socio mayoritario tiene un poder general mercantil para poder actuar en representación de la empresa. Pueden hacer algo legal sin que yo tenga conocimiento?
Saludos

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Abogado Civil Pontevedra - Antonio Villanueva Abogados
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Para aumetar el capital social hay que convocar junta de socios y el acuerdo ha de aporbrarse por la mitad más una de las participaciones sociales en que se divida el capital. No puede bloquear el acuerdo, porque no tiene capacidad de voto suficiente.
Habría que estar a los estatutos sociales para afirmar si tiene derecho de separación. El poder de representación de la sociedades le corresponde al órgano de administración de la sociedad, cargo que ostenta.
En el aumento de capital con creación nuevas participaciones, tiene el derecho de suscribir el número de participaciones sociales porporcionales al valor nominal de las que posea, por lo que "los poderes" de la sociedad quedarían igualados con un aumento del capital.
Las cuestiones societarias son complejas. Confíe en nosotros.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Hernández de Pablos

Hernández de Pablos

Abogado de Valladolid especializado en Derecho Civil

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Buenas tardes:
Si es usted el administrador único de la compañía y no ha apoderado a nadie, ¿quién ha apoderado a ese familiar? Si se trata de un apoderamiento del socio mayoritario en favor de ese familiar, ese apoderamiento no afecta a la sociedad.

El aumento de capital exige acuerdo de Junta Extraordinaria cuya convocatoria compete a usted. Pero el socio mayoritario puede requerir a usted para que convoque Junta en cuyo orden del día figure el acuerdo de aumento del capital. Si usted no la convocara el requirente podría acudir al juez.

El aumento exige más de la mitad de los votos de las participaciones en que el capital de la sociedad está dividido. Acordado el aumento usted tiene derecho de adquisición preferente.

Quedo a su disposición.

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