Quebrantamiento de la orden de alejamiento
Si la pregunta se refiere a si habria delito de quebrantamiento de medida cautelar, en caso de que el obligado al cumplimiento de la orden se encontrara en otro país, (distino a España, supongo), entiendo que, en prinicipio, sí. Puesto que el bien juridico protegido por este delito es la propia Administracion de Justicia, y resulta independiente el lugar de realización de la conducta delictiva, siendo lo relevante el que el sujeto activo, intencionadamente, infrinja la prohibición acordada por un Tribunal concreto, en su caso, español, consistente en la prohibición de comunicarse con una persona concreta por cualquier medio o procedimiento. No obstante, para cualquier consultar más precisa,puede contactar con nosotros en el correo electrónico: miriamcortes@bufete-amoros.com.
Buenas tardes: En relación a su pregunta y en la línea de la respuesta del compañero, normalmente la orden de alejamiento lleva aparejada la prohibición de comunicación con la victima por cualquiera de las formas conocidas, esto es, telefónicamente internet......
Si tiene alguna duda puede ponerse en contacto con nuestro despacho y los expertos en Derecho Penal que podrán atenderle de forma personalizada a través de la siguiente dirección de correo mgandradeabogados@gmail.com.
Reciba un cordial saludo
Mariangeles García Andrade
Responsable Departamento Jurídico MG ANDRADE ABOGADOS
ABOGADO SEGOVIA ANTONIO GARCIA NORIEGA
Abogado de Segovia especializado en Derecho Civil
Si el mandato del juez español incluye la prohibición de comunicar por teléfono, es indiferente que se llame desde España o desde otro país: se quebranta igualmente la orden. Si la víctima recibe la llamada estando ella en España, el delito se considera cometido aquí aunque el interlocutor esté en el extranjero. Otra cosa es la dificultad para perseguirlo, que exigiría cooperación jurídica internacional y ésta no se suele poner en marcha para casos leves.
CEAN, SCP Abogados & Consultores
Abogado de Valencia especializado en Reclamaciones de Impagados
Para saber si la orden de alejamiento fue quebrada es necesario conocer su contenido. En dicho contenido el juez debe precisar las prohibiciones. Si la orden de alejamiento incluye la prohibición de comunicaciones a través de las llamadas telefónicas no importa si la llamada se efectúa desde la misma ciudad o desde otro país para quebrantarla.
Buenas tardes. La orden de alejamiento implica no solo un no realizar un acercamiento físico, sino tambien la comunicación a través de llamadas telefónicas, correo electrónico o cualquier otro sistema de comunicación. El alejamiento no es un concepto estrictamente espacial, sino en el sentido amplio del término. saludos