Quiebra familiar - insolvencia

Hace más de 10 años solicité dos préstamos personales, uno para comprar un coche (9.500 €) y otro para hacer un curso postgrado (3.450 €).
Por diversas circunstancia(separación y despido) no pude hacer frente al pago.
Uno de los préstamos (3.450 €) me lo han reclamado vía judicial y como es lógico me han condenado.
Mi situación actual es que estoy en paro, cobro un subsidio para mayores de 52 años (426 €/mes), que cobro en un banco y tengo realquilado el piso, que es alquilado (pago 375 €/mes y cobro 390 €/mes), que cobro en otro.
El banco está ejecutando la sentencia y me embarga todo el saldo de las dos cuenta dejándola a cero, con lo cual no puedo pagar mi alquiler ni subsitir.
También tengo una importante deuda con mi ex esposa e hijo al que no le pago la pensión de 600€/mes.
¿Sería viable la declaración de insolvencia?

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado de Familia Mostoles Eduardo Llarena Jarabo
Contestado

En España hay un peculiar sistema de declaración de insolvencia para personas físicas que no sirve para nada. Debe presentar un escrito en el juzgado diciendo que el embargo de la cuenta donde le pagan el subsidio no debe realizarse pues el dinero de la cuenta procede de un subsidio que por cuantía es inembargable. Por lo menos le quedarían los 426 euros libres.
La deuda con su mujer es más complicada pues la parte de alimentos debe pagarse, sin existir ningún límite que impida el embargo, pero podría usted solicitar una modificación de medidas para reducir la cuantía mensual a pagar.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogados Royuela y Asociados

Abogados Royuela y Asociados

Abogado de Madrid especializado en Despidos

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si claro. Si necesita defensa jurídica puede solicitar abogado de oficio al colegio de abogados de Madrid. saludos.

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