¿Quién debe pagar una derrama ya aprobada, vendedor o comprador?
ABOGADO DIVORCIO ELCHE ESTHER BARBUDO VAZQUEZ
Abogado de Elche/Elx especializado en Derecho Civil General
Para responderle con rigor, tendría que ver documentación. No obstante, si las derramas estaban aprobadas antes de que usted firmara nada, debería hacerse cargo la propiedad vendedora.
En otro caso, cabría que usted se hiciera cargo del pago de las derramas desde la firma ante Notaria (octubre). Para evitar problemas, exija antes de la firma en Notaria justificante de pago de las derramas como mínimo de lo devengado hasta el momento. El problema es que en caso de que no se pongan de acuerdo, podría usted si se echara atrás perder las arras entregadas.
Un cordial saludo,
Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
Abogado de Logroño especializado en Derecho Administrativo
Hay que ver el contrato de arras que han firmado y saber lo que se ha pactado en relación con el precio; pero, en un principio, y con apoyo en la mención de "libre de cargas" tiene que tratar de defender la postura que más le interesa de no pagar dicha derrama si no se le dijo nada, sin perjuicio de que puedan alcanzar un acuerdo al respecto, el cual siempre tendría que ser reflejado expresamente en la escritura para evitar cualquier mal entendido. Si desea que veamos el contrato de arras, puede contactar con nosotros.
Abogado Propiedad Horizontal Alicante SB ABOGADOS
Abogado de Alicante/Alacant especializado en Derecho Civil
Buenas tardes
En principio deberíamos ver lo que se acordó entre el comprador y el vendedor, pero lo normal es que quien debe de pagar esa derrama sea el vendedor aunque sin ver los documentos no le podemos ofrecer todas las garantías como respuesta.
Un saludo