¿Quién repara las goteras en vivienda nueva?

Tenemos un piso de obra nueva (ático) lleno de goteras, en el comedor, en la habitación y en la planta de arriba. El piso actualmente tiene 7 años.

El techo está echo con vigas de madera. Hemos reclamado al promotor que lo arreglara, pero todos los intentos han sido negaciones. ¿Qué podemos hacer?

Gracias

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
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En primer lugar coincido con anteriores letrados en que primer hay que hacer un informe pericial para determinar cual es la causa de las goteras. Si tiene seguro convendría dar parte a su seguro para que sus peritos determinarán las causas con un peritaje. Si el daños don estructurales se responde durante el plazo diez años, contrados desde la fecha de recepcción de las obras, nos referimos a daños materiales causados en el edificio por vicios o defectos que afecten a la cimentación, vigas, los forjados, los muros de carga u otros elementos estructurales y que comprometan directamente la resistencia mecánica y la estabilidad del edificio, articulo 17. punto 1, letra a) de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre , de Ordenación de la Edificación. Sabida la causa convendría hacer un burofax al vendedor, promotor, constructor, irector de la obra y aparejador, para su arreglo. Sería conveniente que fuera de la mano de un abogado.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado de Divorcio Rubí Ecumen Advocats

Abogado de Divorcio Rubí Ecumen Advocats

Abogado de Rubí especializado en Derecho de Familia

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Coincido con el otro letrado: Sería conveniente que se enviara un burofax completo a vendedor, constructora y arquitecto, dándoles traslado de lo que hubiera detectado el périto del seguro de hogar (interesa demostrar que el problema es de diseño, y no de desgaste o simple deterioro). No obstante, le recomiendo -una vez conozcan el criterio del périto- que acudan a un abogado para formular ese requerimiento, pues al haber pasado 7 años no se podría plantear la reclamación como vicio oculto, y quizás sería más sensato plantearlo como una infracción de la responsabilidad decenal de los agentes edificatorios. Espero haberle sido de ayuda, y si así lo considera puede marcar más abajo como "respuesta útil" o "mejor respuesta". Un cordial saludo.

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ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
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Debe realizar un informe pericial específico que constateel origen de las goteras y su casusa a fin de determinar las responsabilidades; debe de reclamamr de forma fehaciente al propmotor, arquitecto, aparejador, contratista, el importe de reparación o su subsanación inmediata, así como los daños y perjuicios que sean demostrable establecer.
Puede realizarlo notarialmente o mediante burofax, con certificación de conetnido.
Recomendable que lo trate con un abogado especializado que le ayude, a fin de no dejarse nada importante en el tintero.
Espero haberle sido útil, un cordial saludo

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ARANZAZU ABOGADOS

ARANZAZU ABOGADOS

Abogado de Salamanca especializado en Derecho Mercantil

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Todo depende de las fechas de adquisición del piso, y de si podría considerarse un vicio oculto.

Necesitaría ver la documentación.

Le ruego se ponga en contacto con este despacho, en el 93 538 2331.

los plazos de prescripción son el mayor problema en las acciones de edificación, pero se salvan bien.

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