¿Quién tiene que hacerse cargo del dinero que me ha supuesto a mi trasladarme?
Abogado Urbanismo San Sebastián / Donostia - Jesús Rodríguez Pousa y Asociados
Abogado de Pasaia
Dice usted que puso denuncia al que adjunto parte de lesiones, pero no dice si el juzgado ha aceptado la denuncia y la está tramitando. Una vez que se dé ese paso, al que le aconsejo que asista con abogado para ahorrarse sorpresas, podrá solicitar todos los reembolsos y gastos que crea necesarios, adjuntando si los tuviere los justificantes o las facturas proforma y cuantos documentos tenga en su poder. Será el juez quien decidirá, pero normalmente los gastos, y las indemnizaciones puesto que las lesiones generan ese derecho, sensatas son admitidas. Le podemos atender mejor en jrodriguez@icagi.net
ASISTENCIA LEGAL ABOGADOS
Abogado de Collado Villalba especializado en Derecho de Familia
Estimado cliente, el art. 722 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal establece que tiene la posibilidad de reclamar los gastos de desplazamiento y los salarios dejados de percibir por su comparecencia en el Juzgado. Evidentemente tendrá que acreditar documentalmente estos importes. En ASISTENCIA LEGAL ABOGADOS estamos a su disposición por si precisa contar con nuestros servicios profesionales. Puede contactar con nosotros a través del teléfono y del correo electrónico que figura en nuestra web (www.asistencialegalabogados.es o enlace directo del perfil), donde también podrá consultar nuestros honorarios.
Iñigo Galicia Aizpurua
Abogado de Donostia-San Sebastián especializado en Derecho Concursal
Doy por sentado que nos encontramos ante un Juicio de Faltas y no ante unas Diligencias Previas siendo Vd. el denunciante y no el testigo. En la pieza civil separada que se realice en el procedimiento se indicarán los daños y perjuicios que se derivan del mencionado acto criminal. Dichos daños y perjuicios comprenden también y necesariamente los gastos de desplazamiento. De todas formas,puede realizar la gestión oportuna ante el Juzgado para que pueda declarar mediante videoconferencia sin tener que acudir físicamente a la sede judicial que se trate.Puede enviarme la consulta completa al email inigoga@gmail.com
Usted aunque sea testigo, por lo que cuenta también es perjudicada, y su abogado o el Ministerio Fiscal si es que puede hablar con él dentro de los perjuicios puede incluir los gastos de desplazamiento siempre que acredite la realidad del gasto, y sino como testigo puede reclamar el derecho que le otorga el artº 722 de la Lecrim.
Abogado Extranjería San Sebastián ECHEVERRIA ABOGADOS
Abogado de Donostia-San Sebastián especializado en Derecho Extranjería
Buenos días:
Dentro de los daños y perjuicios se pueden incluir todo tipo de daños, sean materiales o patrimoniales, o sean morales o extrapatrimoniales. Pero siempre hay que poder probarlos, sobre todo los daños materiales o patrimoniales.
Un saludo cordial,
Buenos días,
Nuestro despacho es especialista en derecho penal. A usted le corresponde la indemnización de todos los daños ocasionados.
Si nos envía vía email documentación al respecto podremos asesorarle con mayor precisión.
Un saludo