Quiero irme a a vivir con mi novio por embarazo ¿tengo que emanciparme si tengo 16 años?
Buenas noches, a continuación le explicamos, los diferentes casos en los que podrías adquirir la condición de emancipado:
1)Se le concede este beneficio por las personas que ostentan sobre él la patria potestad. En estos casos, es necesario que el menor haya cumplido los 16 años de edad y que esté conforme con que le sea concedida la emancipación. Se otorga mediante Escritura Pública ante Notario y debe ser inscrita en el Registro Civil. Una vez concedida, la emancipación no puede ser revocada. Se considera que el hijo está emancipado cuando siendo mayor de 16 años y con consentimiento de sus padres, vive de forma independiente. En los casos en los que el menor está sujeto a tutela alcanza la emancipación por la concesión judicial del “beneficio de la mayor edad”.
2)Por matrimonio.
3)Por concesión judicial: Un juez puede conceder la emancipación cuando lo solicite el menor que ya cuente con más de 16 años de edad, en los siguientes casos:
-Quien ejerce la patria potestad se ha casado otra vez o convive de hecho con otra persona.
-Cuando los padres vivan separados.
-Cuando concurra alguna causa que entorpezca gravemente el ejercicio de la patria potestad.
Para más información no dude en ponerse en contacto con nosotros, trabajamos en toda España. Un saludo
Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
Abogado de Logroño especializado en Derecho Administrativo
Es menor de edad, por lo tanto para hacer lo que dice (irse a vivir con su novio y padre de su hijo) tendrá que contar con el consentimiento de sus padres y para emanciparse también. En caso de que no quieran sus padres, sólo podrá conseguir lo que quiere haciéndolo directamente, con el riesgo que ello supone siempre y de posibles incidencias que, desde luego, no le convienen en su actual estado, o con la Ley en la mano, pidiendo la emancipación en un Juzgado, pero para ello tendrá que justificar que hay una causa que entorpece gravemente el ejercicio de la patria potestad y se tendrá que tramitar un expediente en el que serán oídos sus padres. A tal fin, le recomendamos siempre que busquen un abogado que, después de conocer todos los detalles de su caso, les asesore en todos los pasos a seguir. Si desean contactar con nosotros, pueden hacerlo por teléfono o email, ya que trabajamos en toda España y también damos asesoramiento telefónico y online, previo presupuesto siempre.
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Estimado Cliente:
Como especialista en derecho civil puedo decirle que podrías perfectamente emanciparte, este procedimiento empieza con una solicitud ante el juez de familia del lugar donde vivas.
Nuestro bufete tienes más de 30 años de experiencia en la negociación de este tipo de asuntos y cubrimos todo el territorio nacional.
En caso de necesitar más información adicional, puede ponerse en contacto con nosotros.
Quedando a su disposición para asesorarle en lo que necesite, reciba un cordial saludo.
Atentamente
Hola, efectivamente, al ser menor de edad, debería de emanciparse, para ello deberá contar con el permiso y autorización de sus padres, caso de que ellos no estén conformes en concedérsela, deberá iniciar un procedimiento para que le reconozcan la emancipación y valoraran el Fiscal y el Juez para ver si se la conceden. Tendrán en cuenta su situación económica y de su pareja, donde van a ir a vivir, si tienen medios, etc
Un saludo y gracias.