Quiero quitar orden de alejamiento a mi pareja.

Mi pareja y yo discutimos una vez y yo denuncié, por lo que le pusieron una orden de alejamiento. Ahora nos hemos reconciliado y espero un hijo suyo. ¿Cómo puedo conseguir que le retiren la orden de alejamiento? Gracias.

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Abogado de Divorcio Rubí Ecumen Advocats

Abogado de Divorcio Rubí Ecumen Advocats

Abogado de Rubí especializado en Derecho de Familia

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Que usted retire la denuncia no implicará que se anule la orden de protección, pues el ministerio fiscal igualmente deberá mantener la acción. El juzgado penal que tenga la causa no puede archivarla, y la orden seguirá vigente hasta que no recaiga sentencia tras el juicio. Lo que usted puede hacer es lo siguiente: Usted deberá comparecer como testigo al juicio, pero al seguir siendo pareja en ese momento, usted lo manifiesta al principio y dice que se acoge a su derecho a no declarar contra él. Si no hay más prueba de cargo de testigos que la declaración de usted, él resultará absuelto entonces (pero en ningún caso antes). Comentelo con elabogado de el antes de entrar. Si considera que ésta información le ha aclarado sus dudas, le agradecería que marcará abajo como "respuesta útil" y/o "mejor respuesta". Gracias y mucha suerte.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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ELENA GUARDIOLA ADVOCATS

ELENA GUARDIOLA ADVOCATS

Abogado de Terrassa especializado en Derecho Penal Común

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Si la orden es una medida cautelar, podrá solicitar que se retire, pero ello no significa que el juez lo acuerde si el Ministerio Fiscal la sigue pidiendo. No pierde nada en intentarlo.

Sí está impuesta como pena en una sentencia, no se puede retirar, se debe cumplir.

Si necesita alguna aclaración o tiene alguna duda, contacte con su abogado o con nosotros si lo desea.

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Xavier Pardo Yuste

Abogado de Barcelona especializado en Derecho Civil General

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Es importante saber si la orden de alejamiento es por sentencia o como medida cautelar.
Si es medida cautelar, podría Ud, en el momento del Juicio, negarse a declarar y, si no hubiera otras pruebas, la sentencia sería absolutoria casi con toda seguridad.

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ARANZAZU ABOGADOS

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Abogado de Salamanca especializado en Derecho Mercantil

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Tendrá que esperar al juicio, y que no sea condenado.

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