Quisiera saber que dias me pertenecen de descaso.
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Buenas tardes,
Según el Estatuto de los Trabajadores, y tal y como dicen mis compañeros, tienes derechos a un día y medio ininterrumpido cada semana (trabajo 5 días y medio) o 3 días cada dos semanas (trabajo 11 días). Pero es bastante importante explicar bien este descanso, suponiendo que sea de un día y medio, eso no significa que sea un descanso de 36 horas, sino un día de la semana entero y una mitad de un día, si fuera por la tarde el descanso tiene que comenzar desde las 12 del mediodía.
Y es tan importante esto, porque le pasó a la empresa Alcampo, que dedujo de la Ley que eran 36 horas de descanso, y fue un Juez quien confirmó que un día y medio no son 36 horas.
Por otro lado, anualmente tienes derecho a 30 días de vacaciones y con respecto a los días de asuntos propios serán los que vengan recogidos en el Convenio Colectivo de aplicación.
Un saludo,
José Ángel Serván Romero
defiendetusderechos.es
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Buenos dias,
A falta de saber que contrato tiene y el convenio aplicable al mismo le indico que segun establece el estatuto de los trabajadores el descanso es de un día y medio, que en caso de no decir nada al respecto se entiende que es sábado por la tarde y domingo completo. No obsante, en convenio o en el propio contrato puede establecerse otro pacto, por lo que habria que atender a su contenido. Si desea un asesoramiento mas personalizado no dude en ponerse en contacto. Un saludo!
TARINAS GRUP
Abogado de Calella especializado en Derecho del Trabajo
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Conforme a la legislación vigente, en especial el Estatuto de los trabajadores, Vd. tiene derecho a un día y medio seguido de descanso semanal. Respecto al día de asuntos propios es preciso saber con exactitud cuál es el convenio que les es aplicable. En su contrato de trabajo debería especificarlo.
Abogado Extranjería Barcelona Patón Abogados
Abogado de Barcelona especializado en Derecho del Trabajo
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El Estatuto de los Trabajadores establece que los trabajadores tienen derecho a un descanso mínimo semanal de día y medio ininterrumpido. En cuanto al día de asuntos propios tendría que concretar más para poder darle una respuesta más ajustada. Un saludo de Patón Abogados
Abogado divorcios Lugo - Bermúdez & Asociados Abogados
Abogado de Lugo especializado en Derecho Penal Común
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Lo mínimo reconocido es de día y medio, salvo que por convenio se haya establecido un período distinto, en todo caso mayor.