Quitar contador de un local

Hola,
Tengo una deuda con Fenosa en un local. Hace unos meses solicitamos el cambio y actualmente la comercializadora es Factor Energía y estamos al día con ellos.
La deuda se aplazó en su momento y en este momento no puedo hacer frente al pago al menos de manera inminente.
Me han llamado de Fenosa, que es la distribuidora de la zona, y me han amenazado con retirarme el contador si no hacemos frente a la deuda.
Sé que es la comercializadora la única que puede solicitar un corte de suministro, pero desconozco si pueden quitarte el contador y, si es así, que solución puede haber. Si son los distribuidores de la zona, imagino que no nos podrán poner un contador otra empresa.
En fin, no sé si lo hacen solo como medida de presión o realmente lo pueden hacer.
Muchas gracias.
Un saludo.

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Contestado

Buenos días. Aparte del impago, la empresa distribuidora podrá cortar el suministro de forma inmediata en los siguientes casos:

a) Cuando se haya realizado un enganche directo sin previo contrato.
b) Cuando se establezcan derivaciones para suministrar energía a una instalación no prevista en el contrato.
c) Cuando se manipule el equipo de medida o control o se evite su correcto funcionamiento.
d) En el caso de instalaciones peligrosas.

En todos los casos anteriores, el corte del suministro se llevará a cabo por la empresa distribuidora y se comunicará a la Administración competente en materia de Energía, haciéndolo por escrito o por cualquier otro medio aceptado entre las partes.

Una vez efectuada la suspensión del suministro, este será repuesto como máximo al día siguiente del abono de la cantidad adeudada, de los intereses que haya devengado y de la cantidad autorizada en concepto de reconexión del suministro.

Aunque los gastos que origine la suspensión del suministro serán por cuenta de la empresa distribuidora, la reconexión del suministro, en caso de corte justificado, será por cuenta del consumidor, que deberá abonar una cantidad equivalente al doble de los derechos de enganche vigentes como compensación por los gastos de desconexión.

Un saludo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Responsabilidad Civil Madrid - Algarra Abogados

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Abogado de Madrid especializado en Derecho de Familia

Contestado

Buenas tardes,

Tendrá Vd. que negociar la forma de pago, pues no hay otra forma de evitar lo inevitable.

Atentamente,

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor