Reagrupación de hermanos
Abogada Cristina Cabañero Giménez
Abogado de Ciudad Real especializado en Despidos
Buenas tardes, una de las formas de adquisición de la nacionalidad española es la residencia de la persona en España durante diez años de forma legal, continuada e inmediatamente anterior a la petición, otra de las formas de adquisición es la nacionalidad para españoles de origen:
Son españoles de origen:
Los nacidos de padre o madre española.
Los nacidos en España cuando sean hijos de padres extranjeros si, al menos uno de los padres, ha nacido en España (se exceptúan los hijos de diplomáticos).
En cuanto a la residencia temporal por reagrupación familiar, usted al ser familiar de segundo grado de su hermana no entraría dentro de los familiares reagrupables descritos en el artículo 53 Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000