recibos no domiciliados
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ABOGADO ABUSOS BANCARIOS SEVILLA Germán Saldaña Espejo
Abogado de Sevilla especializado en Derecho Bancario
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Contestado
No es obligatorio domiciliar los recibos, pero si opta por otro procedimiento y el banco le cobra comisión por ello, tiene usted que asumir el pago de dicha comisión. No se trata de que tenga que pagar un suplemento a la comunidad, ya que se trata de una comisión que le carga el banco sin que la comunidad cobre nada de ese dinero. Simplemente la comunidad pone a su disposición diversos procedimientos para hacer el pago, y si usted elige uno que conlleva un coste -ingreso- en lugar de otro gratuito -dpmiciliación- es usted quien tiene que asumir ese coste.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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