Recibos pendientes de documentación.
ABOGADO COMUNIDAD DE PROPIETARIOS MADRID PADRINO ABOGADOS
Abogado de Madrid especializado en Derecho de la Vivienda
Buenas tardes, lo primero decirle que el arrendador no puede coger el dinero de la fianza para pagar la luz y agua, ya que la fianza se descuenta cuando al terminar el contrato haya algún desperfecto en la vivienda. No obstante dado que usted debia esa cantidad, y admitiendo como bueno el descuento de esa cantidad, el arrendador tiene que proporcionarle dichas facturas para que usted pueda comprobar que es esa y no otra cantidad, la que debia.
Asimismo respecto a lo que se deja en la casa, se entiende que queda abandonado y por lo tanto el arrendador deberia haberle comunicado que los quitara de allí, y no hacerlo por su cuenta y riesgo. Si lo desea pongase en contacto con nosotros y le tramitaremos todas las gestiones necesarias. Un saludo
Noelia Padrino
Abogado Responsabilidad Civil Madrid - Algarra Abogados
Abogado de Madrid especializado en Derecho de Familia
Buenas tardes,
Efectivamente el arrendador tiene la obligación de facilitarle las facturas.
Presente un acto de conciliación para que se las exhiba y caso contrario una demanda en reclamación de cantidad por el importe que le ha descontado.
Si lo desea puede concertar una cita con nuestro despacho, donde le explicaremos los pasos a seguir.
Atentamente,
Buenas tardes;
El propietario del inmueble está obligado a darle las facturas.
Le aconsejo que le envíe un burofax requiriéndole fehacientemente las mismas y en caso de no obtener respuesta presentar una demanda reclamando esa cantidad debida.
Espero haberle sido de ayuda.
Para mas información no dude en contactarnos.
Un cordial saludo.
Abogado a Comisión en Madrid Blanco Segarra Abogados
Abogado de Madrid especializado en Responsabilidad Civil
Si está obligado a justificar los gastos que le descuenta de la fianza. Si no se lo entrega voluntariamente puede hacerlo a través de un letrado, suele dar resultado.