Reclamación de atrasos de pensión de alimentos

Buenos días, me gustaría saber qué debo hacer.
A ver mi ex marido y yo tenemos un hijo en comun de 12 años de los cuales 10 ha estado sin pasar la manutención ni se ha ocupado de su hijo absolutamente para nada.
Quiero solicitar los últimos 5 años de atrasos de pensión de alimentos.
Vivo en Cataluña y me han dicho que son los últimos 3 años.
Sólo quiero saber si en el 2009 nos separamos y se fijó una pensión de 200 euros cuanto me debe mi ex marido. O Como puedo calcularlo
En 2017 empezó a ingresar manutención periódicamente.
Gracias

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SANTOS & SARDÀ ABOGADOS

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Buenas Tardes,

Sea cual sea el cálculo la única manera de perseguir dicho incumpliento y evitar la caducidad de los impagos es interponiendo una demanda de ejecución por impago de pensión de alimentos.

Es cierto que en Cataluña son los últimos 3 años pero lo que se hace normalmente es aplicar el Código Civil y si la otra parte no se da cuenta pues se tira adelante con los últimos cinco años.

Pues se tiene que calcular los impagos más los intereses más las actualizaciones del IPC, más las costas judiciales.

Pero lo más importante es cruzar los dedos para que su ex tenga algo que embargar, aunque siempre es adecuado judicalizarlo para que perpetuar la deuda, y cuanto más tiempo pase más intereses tendrá que pagar.

Si quiere más información pongase en contacto con nosotros.

Gracias

Daniel Santos
Abogado

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Se pueden reclamar sólo los tres últimos años, puesto que el código civil catalán así lo dispone. Además podrás reclamar los incrementos del IPC que se hayan producido, puesto que seguramente en tu convenio regulador, o en tu Sentencia así lo pondrá. El método para hacerlo es con una demanda llamada ejecutiva. El derecho en España es declarativo, es decir, hay una Sentencia que regula la situación pero en caso que ese derecho no se cumpla se tiene que ejecutar con la demanda ejecutiva. Si empezó a pasar en el dos mil diecisiete tendrás que restar a los tres años que se pueden reclamar es decir 36 meses, los seis meses de este año y los que haya pagado del anterior. Los meses restantes se multiplican por 200 y ya tienes la cantidad que puedes reclamar.
Saludos!!

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Buenas tardes

Únicamente puede reclamar la pensión no abonada de los últimos tres años. Deberá coger el importe de la pensión fijada en sentencia y actualizarla el IPC cada año en el mes que se fije en la misma, así tendrá el importe actualizado año por año. Una vez realizado ello, deberá casar pagos que debería haber efectuado con los que realmente ha hecho y así obtendrá importe a reclamar. Debe de procurarse abogado y procurador e interponer una demanda de ejecución de sentencia. Saludos

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Abogados Barcelona Tomás Dóriga

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Abogado de Barcelona especializado en Derecho de Familia

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Hola, buenos días

La información que le han dado es correcta, pueden reclamarse los últimos tres años, es decir 12 x 3x 200, más el IPC.

Para ello hay que aportar al juzgado la libreta en la que salga que no le han ingresado y ya se puede pedir el embargo de la nómina o de lo que tenga su ex.

Si desea una primera visita gratuíta para comentar el tema personalmente, estoy a su disposición.

Saludos

Ignacio Tomás
Abogado

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Tomás Fernandez Valentí

Tomás Fernandez Valentí

Abogado de Hospitalet de Llobregat especializado en Derecho Civil

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Una reclamación de cantidad requiere instar procedimiento judicial con abogado y procurador. Si su ex marido ha hecho ingresos esporádicos, deberán restarse del monto de la cantidad reclamada.

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Debes reclamar cinco años, nosotras podemos ayudarte con importe máximo, de cinco años. Saludos,

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