Reclamación de gastos extraordinarios.

Desde el divorcio en marzo de 2013 no hemos hecho cuentas de gastos extraordinarios de los niños y quiero saber como debo proceder para hacerlo, sabiendo que no nos llevamos bien. Gracias.

Respuestas de otros profesionales:
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ABOGADO CUENCA JESÚS TORRECILLA ORTI

Abogado de Cuenca especializado en Derecho Civil

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Si no hay acuerdo entre los progenitores para determinar la naturaleza de los gastos extraordinarios y su cuantía y no vienen expresamente previstos en las medidas, se debería acudir al juzgado para que, en primer lugar, se determine si los gastos son o no extraordinarios y su cuantía y, en segundo lugar, si una vez determinados no se abonan por uno de los progenitores, proceder a su ejecución judicial. Si los gastos extraordinarios vienen definidos en las medidas definitivas o provisionales, se podría solicitar el despacho de ejecución por su importe.

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ABOGADO URBANISMO CORUÑA CARREIRA ABOGADOS
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Buenos días: si en el convenio regulador de su divorcio se estableció qué gastos se entendían por extraordinarios y a quien correspondía abonarlos y en qué cuantía, tendrá usted que reclamarlos vía judicial solicitando el despacho de ejecución. En caso de que no se haya determinado en el convenio regulador este aspecto, tendrá que plantear la correspondiente reclamación judicial, donde se determinará si la naturaleza de los gastos que usted indica son realmente extraordinarios y a quien corresponde abonarlos, así como su cuantía.
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ARE2 ABOGADOS

ARE2 ABOGADOS

Abogado de Madrid especializado en Derecho de Familia

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Si se llevan ustedes bien, envíele un burofax, reclamándole los gastos extraordinarios.
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