Reclamación por sueldos excesivos
Abogado indemnización accidente trabajo Logroño - A.Fernández
Abogado de Albelda de Iregua
Buenas tardes, lo primero que debemos de tener en cuenta es que los socios trabajadores de una mercantil en cuanto a su condición de socios obtendrán unos rendimientos del capital, rendimiento que deberá repartirse según los acuerdos de reparto de beneficios obtenidos en el ejercicio de la actividad, por otro lado, en cuanto a su condición de trabajadores, estos socios contarán con un salario medio según lo dispuesto en los convenios dentro de las escalas salariales del sector, por lo cual entiendo en base a la información que usted facilita, que la remuneración que deberían obtener los tres socios trabajadores tendría que ser acorde a la que se paga en el sector para la categoría profesional, pues de no ser así, la salud y viabilidad financiera de la mercantil podría estar comprometida.
No obstante, tenga en cuenta que esta respuesta es simplemente orientativa, y que para poder darle una respuesta más concreta sería necesario contar con más datos de los que usted aporta en el post, quedo desde ya a su disposición si así lo desea, para realizar un estudio más detallado del caso.
A. Fernández Abogado