Reconocimiento de deuda
Abogado Torrevieja Domenech Abogados
Abogado de Torrevieja especializado en Responsabilidad Civil
Buenos días, creo que es usted la misma persona que realizó la anterior pregunta.
La validez de un documento "firmado" no está sólo en el número de identificación, sino en la firma, nombre, etc, así que siendo conformes nombre, firma, domicilio, periodo y motivo de ingreso hospitalario, etc, es probable que un juzgado diera por válido ese reconocimiento de deuda que recoge una identificación anterior a la que actualmente utiliza.
De ser otro el supuesto, ruego vuelva a reformularme la pregunta.
Saludos,
Inmaculada Ruiz Domenech
ABOGADO Civil y Penal ALICANTE RUBIO&RUSCALLEDA ABOGADOS
Abogado de Campello especializado en Derecho de Familia
Si como dice está firmado, lo intransferible es la firma, los otros datos los puede poner cualquiera.