Reconocimiento de ipt en primera instancia

Tras ser impugnada por el INSS ante el TSJ, puedo perder el reconocimiento de IPT

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SANTOS Y SANTOS, ABOGADOS

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Abogado de Salamanca especializado en Derecho Civil

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Contestado

Si, por supuesto. Si el INSS gana el recurso de suplicación la sentencia que reconocía la IPT puede ser modificada, aunque no es habitual que suceda. En todo caso durante la tramitación del recurso se percibirá la prestacion, que no habra que devolver, y si se confirma la sentencia es cuando el INSS/TGSS abonara los atrasos desde la fecha de reconocimiento de la sentencia.--

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