Recurso por botellón.
Le respondo: Supongo que la sanción, tipificada como leve por la Ley Andaluza 7/2006, no es superior a los 300 euros por cada uno de ustedes.
El plazo para que les comuniquen el inicio de la actuación sancionadora es un año, por tanto si sucedió hace siete meses está dentro de plazo.
La conducta prohibida es la concentración de personas consumiendo bebidas alcoholicas, y le indico que la prueba en contra es dificil, ya que las declaraciones de la policía en principio son una prueba de que ustedes estaban bebiendo. Sinceramente, para que les saquen la multa sólo serviría que pudiera acreditar que usted no estaba en el lugar de los hechos. La multa hay que recurrirla una por cada persona sancionada.
Saludos
Deben recurrir los 7, pero lo pueden hacer de forma conjunta.
estamos a su disposición atte. Manuel Alonso
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