Recurso sanción exceso velocidad
Buenos días;
De conformidad con el artículo 5 del Real Decreto por el que se aprueba el procedimiento sancionador en materia de tráfico, las denuncias deben de contener la siguiente información: identificación del vehículo, identidad del denunciado si fuere conocida, una relación del hecho denunciado con expresión del lugar, fecha y hora, así como el nombre, profesión y domicilio del denunciante, pudiendo sustituirse estos datos cuando el denunciante sea un agente de la autoridad por el número de identificación de éste.
Si la denuncia que recibió careciera de alguno de estos datos podrá recurrirla por defecto de forma, si bien debe de saber que estos defectos pueden ser subsanados por la Administración durante el transcurso del procedimiento.
Espero haberle sido de ayuda.
Para más información no dude en contactarnos.
Un cordial saludo.
Abogado accidentes Bilbao Tamara Diez
Abogado de Bilbao especializado en Derecho Civil General
Recurrir siempre se puede, otra cosa es que prospere.
Los datos que indica son correctos, indica la velocidad, el lugar, el precepto infringido...
No dice si identifica el vehiculo, aunque doy por hecho que consta la matricula.
Asi, estaría notificada correctamente.