Recurso sanciÓn posesiÓn cannabis
ABOGADO INDEMNIZACION VALENCIA CASES DE DRET ABOGADOS
Abogado de Torrent especializado en Derecho Penal Común
Buenos días
Coincido con la compañera que le ha contestado previamente. La posesión de sustancias si es para autoconsumo (y ello depende de la cantidad que le hayan incautado), no es delito, pero sí infracción administrativa, que es lo que ha sucedido, y en ella los recursos no suelen prosperar, aunque en su caso, la prescripción para uso terapéutico puede ayudar, pero posiblemente en un momento posterior, en vía contenciosa. Puede consultarnos en privado los honorarios, contestando a este correo.
Quedamos a su disposición, reciba un cordial saludo
CASES DE DRET ABOGADOS
Abogado accidentes Bilbao Tamara Diez
Abogado de Bilbao especializado en Derecho Civil General
La posesión de sustancias estupefacientes se considera grave y la LO 1/1992 determina que a las sanciones graves les corresponderá una multa de 301€ a 30.010€
Realmente los recursos no suelen prosperar, ya que en nuestro país no está reconocido el uso terapéutico del cannabis
El importe de los recursos dependerá del profesional al que contrate. Si quiere conocer mis tarifas, puede consultarme por privado.
Un saludo
ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
Abogado de Bilbao especializado en Responsabilidad Civil
Efectivamente, la sanción mínima son 301€, los recursos puede realizarlos Vd. mismo o a través de abogado, con quien debe convenir el precio de su realización. Saludos cordiales y suerte.
Buenos días,
La sanción mínima será de 301€, y los honorarios de abogado pues estos son libres con lo que dependerá del abogado que contrate.
Saludos