Recurso de sentencia: malos tratos
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Mejor respuesta según autor
Buenas tardes.
Que quiera presentar un recurso no significa nada, muchas veces se hace solamente para perder el tiempo, un recurso no significa que se gane. Además, su abogado presentará alegaciones contrarias.
No se preocupe, si los hechos están claros es dificil que pierda.
Ignacio Tomás
Abogado
www.dorigaportabella.com
Abogado Santa María de Guía - Adolfo Aymar
Abogado de Santa María de Guía de Gran Canaria especializado en Derecho de Sucesiones y Donaciones
Buenos dias, en primer lugar tranquilizarla en la medida de lo posible puesto que ya por lo menos esta en manos de la justicia. En cuanto al recurso como bien sabe ha de realizarlo con abogado y se puede oponer al presentado por el condenado en instancia, es muy importante porque aunque sea predominantemente escrito para mi es como un juicio mas que tiene una sentencia que puede o confirmar lo dicho en instancia o estimar el recurso y llegar a la absolucion. Lo importante son los plazos y tambien si se le ha impuesto al condenado de instancia una orden de alejamiento provisional puesto de ser asi si se hacer a menos de la distancia fijada por el juez puede y debe denunciarlo puesto que se le imputaria un delito de quebrantamiento con pena de prision. Hemos tenido casos asi y al final nos han dado la razon. Si necesita nuestra ayuda. Pongase en contacto con nosotros aaymarg@gmail.com/928897684. Reciba un cordial saludo.
Jacobo Joaquín Santana Nuez
Abogado de Palmas de Gran Canaria especializado en Derecho de Familia
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Buenas tardes,
El hecho de que se haya dictado Sentencia en Primera Instancia no significa que no se pueda recurrir dicha Sentencia.
Como bien le indican, dado traslado del recurso de apelación podrá presentar escrito de oposición a dicho recurso, decidiendo finalmente la superioridad si confirma o revoca la Sentencia de Primera Instancia.
Después, para el condenado, se abre la posibilidad de solicitar suspensión o sustitución de la pena en función de si tiene o no antecedentes penales, si no es reo habitual, drogodependencia, etc.
Espero que le haya servido de ayuda.
Un saludo.
Jacobo Joaquín Santana Nuez
Letrado del Ilustre Colegio de Abogados de Las Palmas
HERENCIAS, FAMILIA Y PENAL; ABELLA AGUIAR ABOGADOS
Abogado de Coruña especializado en Derecho de Sucesiones y Donaciones
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Buenas tardes:
En relación a la cuestión que plantea, decirle que si la persona que ha sido condenada presenta recurso a usted le darán traslado del mismo y plazo para impugnarlo o oponerse, por tanto le recomiendo que tan pronto como le sea notificado se ponga en contacto con un abogado .
Puede usted ponerse en contacto con nosotros en el teléfono que consta en esta página o enviarnos un correo electrónico a nuestra dirección.
Un saludo
ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
Abogado de Bilbao especializado en Responsabilidad Civil
´Puede presentar un recurso, es su derecho, pero del escrito de interposición le darán copia del escrito y plazo para contestarlo.
Que recurra no es sinónimo de que le den la razón, pues generalmente se tiende a confirmar la decisión del juez que ha visto el juicio.
Contacte un abogado, si no dispone de abogado, si quiere tener información y defensa profesional, aunque no sea necesaria su intervención judicial.
Un cordial saludo
Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho Urbanístico
Le sugierno que no se asuste, porque si gano en primera instancia, tiene muchas probabilidades de ganar en segunda instancia, cuando con su abogado se oponga el recurso, que en su caso presente el condenado.