Reducción por minusvalía.

Para aplicar esta reducción me encuentro con que tiene que coincidir la condición de trabajador activo y la de incapacitado durante el período impositivo. En mi caso, me declaran la incapacidad el 24 de agosto, pero sigo de alta en el Régimen General hasta el 10 de septiembre (según informe de vida laboral) por vacaciones retribuidas y no disfrutadas. ¿Puedo aplicar dicha deducción sin problemas? ¿Las vacaciones retribuidas y no disfrutadas pueden equivaler a trabajador en activo? Si pudieran ayudarme se lo agradecería. Muchas gracias y un saludo.

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Abogado de Coruña especializado en Derecho de Sucesiones y Donaciones

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