Reducción por tributación conjunta en caso de pareja de hecho
Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho Urbanístico
Si usted se hace ahora en diciembre de 2014, pareja de hecho, es obvio que prácticamente, durante todo este año, obviamente no lo ha sido, luego racionalmente, el año que viene que se hará la declaración de hacienda del 2014, considero que debería tributar individualmente, para no tener hipotéticos problemas con hacienda.
Buenos días,
si usted se hace pareja de hecho en diciembre, todo el año no lo ha sido, por lo que la tributación conjunta únicamente se le aplicará al periodo que efectivamente ha sido pareja de hecho, pero en mi opinión debería tributar individualmente y luego ya en el año 2016, realizar la conjunta.
Saludos cordiales.