El arrendamiento de local de negocio

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Abogado Derecho Fiscal Castellón David Casanova Carrasco

Abogado Derecho Fiscal Castellón David Casanova Carrasco

Abogado de Benicasim/Benicàssim

Los locales de negocio arrendados sufren una retención por parte del arrendador.

El pasado 31 de marzo finalizó el perodo trimestral de presentación del modelo 110 para las retenciones del IRPF que se debe aplicar al arrendador en su declaración de renta.

Estas retenciones consistían en 2014 en un 21% del precio del alquiler. Para el 2015 es del 20%, y para el 2016 y 2017 será del 19%.

Este modelo declara los porcentaje antes citados trimestralmente. Para incluirlo en la declaración de la renta habrá que multiplicar por cuatro el resultado, si no se ha modificado en el ejercicio el precio del alquiler.

Esta es una declaración informativa que sirve para que Hacienda estime los rendimientos obtenidos y, sólo, se incluirá en el IRPF como reducciones aplicables a la Base de liquidación.

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